Reforma electoral

Avances y oportunidades

María Page (*)

La media sanción de la Cámara de Diputados al proyecto de Reforma Electoral impulsada por el Poder Ejecutivo contiene cambios que fortalecen las garantías de los derechos políticos, pero necesita ajustes y puede ser mejorada durante su debate en el Senado de la Nación.

El texto de la ley aprobado por la Cámara de Diputados contiene tres avances significativos en materia de derechos políticos, más un cuarto referido a los límites en el uso de recursos públicos durante la campaña.

Primero, prohíbe las listas colectoras. Este cambio es bueno para los partidos y bueno para los votantes: alentará una política de alianzas más coherente, una oferta electoral más ordenada y menos fragmentada y, por lo tanto, opciones más transparentes para los electores y acuerdos más previsibles para los partidos.

Segundo, garantiza la presencia de la oferta electoral completa. Con el sistema de votación que utilizamos hasta ahora, los partidos son los responsables de imprimir y distribuir las boletas de votación. Si algún partido no consigue hacerlo, sus candidatos no estarán en el cuarto oscuro y los ciudadanos encontrarán la oferta electoral incompleta. Esta circunstancia condiciona tanto el derecho a elegir como el de ser elegido. Por eso la adopción de un instrumento oficial de votación es un avance importante para la plena vigencia de los derechos políticos: el Estado pasa a garantizar la presencia de todas las opciones electorales en cada lugar de votación.

Tercero, garantiza la paridad de género en el acceso a cargos legislativos y partidarios. La paridad en la conformación de las listas equipara las oportunidades de las mujeres para acceder a posiciones de poder en el Congreso, en el Parlamento del Mercosur, los órganos partidarios y una eventual Convención Constituyente. Además, este cambio sube la vara para las provincias, los municipios y otros ámbitos de la actividad pública y privada donde las mujeres también tienen menos oportunidades.

Al mismo tiempo, se extiende el límite a la publicidad de actos de gobierno. El texto aprobado por los diputados amplía el plazo durante el cual el gobierno no puede hacer actos ni anuncios de 15 a 30 días antes de las elecciones. Por un lado, la medida avanza en el sentido correcto (emparejar la cancha poniéndole límites al abuso de los recursos públicos con fines partidistas). Por el otro, llama la atención sobre una gran omisión en el planteo de la reforma: ni el gobierno ni el Congreso pusieron todavía el régimen de financiamiento en la mesa de discusión.

Ahora está en manos del Senado la posibilidad de mejorar el diseño de la ley para garantizar una implementación ecuánime, transparente y eficaz del voto electrónico. Aunque la experiencia internacional y local llaman la atención sobre la importancia de la gradualidad en la introducción de nuevas tecnologías para votar, el texto que aprobaron los diputados deroga el sistema de boletas partidarias pero no especifica cuál sería el sistema alternativo en caso de que el voto electrónico no pueda aplicarse en todo el país en 2017. Así, está dejando a discreción de la autoridad de aplicación qué forma de votar usaremos en cada distrito: el texto no puede quedar redactado de esa manera. El Senado tiene que especificar qué sistema rige si no se consigue una implementación total del voto electrónico y cómo se decide dónde se usará el nuevo sistema.

(*) Coordinadora del Programa de Instituciones Políticas de Cippec (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento).