Lo aprobó el Concejo local

Instan a fast food y restós a que informen las calorías de sus platos

  • Deberán comunicar en las cartas de sus menús el valor calórico y nutricional de cada plato. El objetivo: combatir el sobrepeso y generar cambios orientados hacia una alimentación saludable.
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Los locales de comidas rápida son muy requeridos por los santafesinos.

Foto: Archivo

 

Luciano Andreychuk

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Según la última Encuesta Nacional de Factores de Riesgo (ENFR), en la provincia de Santa Fe la prevalencia de la obesidad es del 24,5%, y del sobrepeso 35,1%. El dato se obtuvo de una población bajo estudio de más de 18 años. La bota es el cuarto distrito con más sobrepeso del país.

Atendiendo a esta problemática, el Concejo santafesino aprobó una ordenanza donde se “invita” o insta a los restaurantes y lugares de expendio de comida elaborada o rápida (fast food) a que informen a los consumidores sobre el valor calórico/nutricional de cada uno de los platos que figuran en sus cartas de menús. Esto implicará colocar con el mismo tamaño de letra con el que aparecen los nombres de las comidas los datos en cuestión.

A su vez, el Ejecutivo local desarrollará acciones de coordinación y colaboración con quienes adhieran a la ordenanza con el fin de “informar tanto en la cartelera de promoción, como en las cartas de menús, el valor calórico que posee cada plato”, y “actualizar el valor calórico cada vez que se utilicen nuevos productos en la elaboración de platos de comida o que cambien el contenido de los mismos”.

En el despacho definitivo que fue aprobado se “invita”, no se obliga a los locales gastronómicos. ¿Por qué? “Es un cambio que se hizo en comisión, y me pareció correcto. No podemos obligar a los locales a que coloquen un ecónomo o nutricionista, porque sería un costo muy elevado teniendo en cuenta que actualmente hay problemas en el consumo interno. Esto es para preservar el empleo”, dijo a El Litoral Marcela Aeberhard (Unibloque Mejor Santa Fe).

Entonces, la ordenanza no será obligatoria. Pero busca empezar a generar un cambio cultural y social sobre la forma en la que la gente se alimenta y cómo accede a la información respecto de lo que consume.

Se definen comidas rápidas a los alimentos informales de preparación rápida como hamburguesas, pizzas, lomitos, papas fritas y panchos, entre otros. “El disponer de la información calórica de los alimentos es parte del derecho a la salud que está garantizado por nuestra Constitución, dado que un conocimiento cabal de ello puede ser utilizado para habituar una dieta baja en calorías”, dice en sus fundamentos la norma sancionada.

“Esto no es una cuestión de estética. Es una cuestión grave de salud pública, porque estamos hablando de obesidad y sobrepeso. Tenemos que incidir en el cambio de hábito sobre la formación e información para los consumidores sobre lo que comen”, agregó la edila.

“Debemos direccionar al usuario hacia el consumo saludable. Pero con la información en la mano, sabiendo lo que impacta en cada uno esto”, resaltó. Esto también está enmarcado en la Ley Nacional de Defensa del Consumidor. Se trata de formar a los consumidores desde el Estado y desde el sector gastronómico.

“Y cuánto debemos pensar los adultos en este hábito instalado de comprarles todos los días a nuestros hijos esa cajita feliz, sin tener conciencia del grado hipercalórico que tiene y del impacto en la salud infantil. Es un forma de luchar contra el sobrepeso”, cerró Aeberhard.