En el Concejo Municipal
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En Santo Tomé debaten prohibir la elección de la Reina de los Balnearios
Tradición. Las elecciones de reinas son una costumbre en muchos pueblos y ciudades del país. Foto: Archivo El Litoral
De la Redacción de El Litoral
El debate por la realización de concursos de belleza y elecciones de reinas llegó al seno del Concejo Municipal de Santo Tomé. Un proyecto presentado por el Bloque UCR -aún no tratado en el recinto pero con aparente consenso de todos los bloques- propone su eliminación en la ciudad y en su lugar plantea la promoción de entrega de distinciones a mujeres que se destaquen por sus aportes a la cultura, ciencias, deportes, derechos humanos y al bienestar de su comunidad.
La propuesta -elaborada por los ediles Martín Giménez y Mónica Zocco- surgió al considerar que “estos tipos de concursos se enmarcan en uno de los tipos de violencia denominada simbólica ya que refuerzan estereotipos sexistas poniendo, mayoritariamente, en valor rasgos vinculados a las características de belleza física y teniendo en cuenta que la manifestación más extrema de la violencia hacia las mujeres denominada femicidio se desarrolla sobre una base cultural que ubica a las mujeres en un lugar de desigualdad, sometimiento, como objeto de propiedad y consumo”, sostienen los legisladores en los fundamentos del proyecto.
El concejal Giménez explicó que la violencia “no comienza en el golpe, comienza en lo simbólico, en la cosificación”. Y fue más allá al referirse a las masivas movilizaciones de #NiUnaMenos: “Han dejado en evidencia que necesitamos un cambio cultural y esta iniciativa apunta a eso, un cambio cultural profundo para que la sociedad comience a visualizar estas acciones, a reeducarse”, agregó.
En este tipo de eventos se exigen como requisitos foto de cuerpo entero, determinadas medidas, peso, altura, vestimenta, ser soltera y sin hijos. Generalmente, el jurado está integrado por el gobierno municipal o comunal a través de sus funcionarios y funcionarias y “como Estado es un mensaje duramente contradictorio con el deber de proteger, sancionar y eliminar la discriminación contra las mujeres”.
Deberes de Estado
Entre los fundamentos se destaca el artículo 16 de la Constitución Nacional, que establece el principio de igualdad y la obligación de legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y por los tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, en particular respecto de los niños, niñas y las mujeres
A su vez, se remarca que entre los deberes de los Estados Partes se encuentran los de: abstenerse de cualquier acción o práctica de violencia contra la mujer y velar porque las autoridades, sus funcionarios/as, personal, agentes e instituciones se comporten de conformidad con esta obligación; y tomar todas las medidas apropiadas, incluyendo medidas de tipo legislativo, para modificar o abolir leyes y reglamentos vigentes, o para modificar prácticas jurídicas o consuetudinarias que respalden la persistencia o la tolerancia de la violencia contra la mujer (artículo 7, incisos a y e).
Suma lo que establece la Ley Provincial Nº 13.348 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, que establece pautas claras para erradicar este tipo de prácticas.
El dato
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