De los diputados

¿Adónde van los fondos para educación?

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Alejandro Boscarol

  • UCR
  • Arquitecto
  • Reside en Santa Fe

Es un deber del gobierno provincial remitir los fondos para educación de manera automática a favor de los municipios. Así lo establecen las leyes presupuestarias nacionales desde el 2012 a la fecha. Además, es un deber establecido en la propia Ley de Coparticipación Federal, que en su art. 9 establece “la remisión automática y quincenal de los fondos”.

Hoy, el incumplimiento de la provincia de Santa Fe de esta normativa afecta en forma directa la autonomía económica y financiera de los municipios y comunas, así como también, la continuidad de políticas públicas en materia educativa que se vienen implementado desde los gobiernos locales, como los jardines municipales, servicios de apoyo, infraestructura y equipamiento escolar, programas de formación para el trabajo, entre otros.

Así también lo entiende la Cámara de Diputados que aprobó por unanimidad el proyecto de mi autoría donde se pide expresamente que el gobierno provincial cumpla con el deber de remitir el Fondo de Financiamiento Educativo de manera automática a municipios y comunas.

El Fondo de Financiamiento Educativo (FFE) no es un fondo nacional sino que es una parte de la coparticipación provincial que por ley especial del congreso se afecta a un destino específico y tiene una remisión automática a municipios y comunas.

El año pasado el FFE llegó a 5.680 millones de pesos, afectado en su gran mayoría al pago de personal. El resto, cerca de 760 millones, se deben distribuir entre municipios y comunas. La provincia tiene las facultades de controlar y resguardar que estos fondos sean utilizados por los municipios y comunas en programas y proyectos con finalidad educativa. Las rendiciones de cuentas, la presentación de proyectos, son mecanismos válidos para ello. Pero en modo alguno, dichos mecanismos pueden frenar la automaticidad que dispone la normativa nacional. Porque también nos podríamos preguntar, qué se hace con los fondos que no se envían?.

No es nuevo este reclamo por parte de municipios y comunas sobre el incumplimiento sistemático de la provincia de Santa Fe de la remisión automática del FFE, dejando lugar incluso, al inicio de acciones judiciales que por derecho corresponden. Por ello, es necesario que se rectifiquen las acciones y se cumpla con la constitución nacional (art. 75 inc. 3) y las leyes nacionales (26.075; 26,206; 26.728; 26.784; 26.895; 27.008; y 27.198).