Para las semillas de algodón

Anuncian nueva declaración jurada

El Ministerio de Agroindustria, a través del Instituto Nacional de Semillas implementó el sistema de declaración jurada de origen que permitirá mejorar el control y establecer la reserva de semillas por parte de los usuarios en carácter de excepción del agricultor.

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Optimismo. Desde la cartera agropecuaria sostienen que la medida va a permitir mejorar la eficiencia, el control y fiscalización en materia de propiedad intelectual en las especies autógamas de algodón.

Foto: Archivo

 

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De esta manera se plasma uno de los objetivos primordiales planteados por el Ministerio a través de la Subsecretaría de Agricultura, ya que mejorar la calidad genética de la semilla es uno de los pilares en los que se trabaja en la nueva gestión. Se avanzó en forma conjunta con el INASE, la cual durante la última reunión de la Mesa Nacional Algodonera del 29 y 30 de junio, expuso el proyecto de resolución que tuvo muy buena recepción por parte de las instituciones participantes.

“Esta medida va a permitir mejorar la eficiencia, el control y fiscalización en materia de propiedad intelectual en las especies autógamas de algodón sin tener que esperar una nueva norma general sobre semillas. El sistema que se establece es similar al de trigo y soja, pero de acuerdo a la característica que tiene el proceso de semilla, que debe pasar por una planta deslintadora donde se la transforma y queda apta para la siembra del algodón, generando así las condiciones necesarias para que empresas semilleras y desarrolladoras de genética encuentren las condiciones necesarias para invertir en el mercado de semilla de algodón argentino”, sostuvo la cartera agropecuaria.

En la DDJJ se establecerá el origen legal de la semilla utilizada y de la reservada por parte del agricultor de acuerdo a la Ley Nº 20.247, que establece que no se requerirá la autorización del obtentor de una variedad vegetal protegida cuando se reserve y use como reserva para uso en su explotación el producto cosechado.

Estarán exentos los productores que durante las últimas tres (3) campañas inmediatas anteriores hayan producido un volumen promedio anual inferior a 450 toneladas de algodón en bruto, y los que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF). También aquellos productores de semilla que estén inscriptos en el RNCyFS del INASE y únicamente respecto de la siembra con destino a semilla.

Entrará en vigencia en la campaña 2017/2018 y el vencimiento para la declaración jurada de ‘siembra‘ será el 31 de enero de cada año y para la de cosecha será el día 31 de julio del mismo año. A diferencia de las resoluciones de DDJJ de soja y trigo, esta normativa establece en los artículos 5º y 6º una Declaración Jurada para los comercios y los procesadores de semilla de esta especie en la que deberán informar los datos requeridos.

Entre la cosecha y la siembra

En otro orden de cosas, la entidad agropecuaria, anunció que refuerza sus acciones para atacar la plaga del picudo algodonero con mayor severidad.

“En esta época del año, entre la cosecha y la nueva siembra, se pone mayor énfasis en la destrucción del rastrojo del algodón, de acuerdo al compromiso del Ministerio de Agroindustria de la Nación con organismos provinciales y privados en la lucha para el manejo del picudo del algodonero”, sostienen.

La destrucción de los rastrojos tiene la finalidad de evitar que el picudo pueda seguir reproduciéndose en los botones florales de los rebrotes del algodón, una vez finalizada la cosecha. Esto se debe a que la planta de algodón es perenne, y al tener inviernos benignos, sigue rebrotando. La aparición de botones florales de algodón, como consecuencia de los rebrotes, permite la alimentación y estimula la reproducción del picudo.

Es fundamental en la pelea contra el picudo que se llegue a la siembra sin presencia de la plaga en el lote, realizar los monitoreos necesarios y realizar aplicaciones de borde, si resulta necesario.

El manejo de la plaga cuenta con un programa específico y además es uno de los ejes de trabajo de la Mesa Algodonera, donde se plantean acciones conjuntas que realizan las provincias y la Nación en relación con el funcionamiento de los Entes sanitarios.

Programa Nacional de Prevención y Erradicación del Picudo del Algodonero (PNPEPA)

El programa tiene como objetivo definir estrategias y fiscalizar medidas fitosanitarias que contribuyan a la sustentabilidad del cultivo del algodón, entre ellas las fechas de siembra y destrucción de rastrojo que permitan un vacío sanitario en los lotes de cultivo. El picudo del algodonero es considerado la plaga más dañina del cultivo del algodón. El enorme potencial de destrucción se debe a la alta capacidad reproductiva y a las numerosas generaciones que se producen en un ciclo agrícola.

Para tener en cuenta

La introducción y dispersión del picudo puede darse por el movimiento propio de la plaga, pero el mayor traslado ocurre por vía antrópica: por movimiento de material infestado, maquinaria agrícola y/o por la introducción accidental del insecto en estado adulto, lo cual puede ocurrir mediante el transporte vehicular de un campo a otro de la región algodonera. Debido a esto el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agropecuaria (Senasa) recuerda la importancia del encarpado total del transporte de algodón y la obligatoriedad en el uso del Documento de Transito Sanitario Vegetal (DTV), para el movimiento del algodón y sus subproductos, que permiten tener una trazabilidad del textil y disminuir los riegos de la dispersión de la plaga haciendo un control de los tránsitos que se realizan a nivel país.

En la DDJJ se establecerá el origen legal de la semilla utilizada y de la reservada por parte del agricultor de acuerdo a la Ley Nº 20.247, que establece que no se requerirá la autorización del obtentor de una variedad vegetal protegida cuando se reserve y use como reserva para uso en su explotación el producto cosechado

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