En la provincia

El camino para adoptar

Lo primero es inscribirse en el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos para luego seguir los pasos indicados. Hasta julio incluido, llegaron al Ruaga 49 oficios de adopción de niños y “la mayoría fue resuelta”, explicaron.

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UN CASO RESONANTE en Santa Fe de los últimos años. Mediante una resolución del Tribunal de Familia Nº 2 hace un año, el matrimonio Di Terlizzi tenía la guarda preadoptiva, y luego quedó firme la adopción definitiva. Las niñas de ocho años llevarán, finalmente, el apellido Di Terlizzi.

Foto: Archivo/Guillermo Di Salvatore

 

Ignacio Pellizzón

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Es gratuito, no son necesarios los abogados, el trámite es sencillo y está al alcance de todos los aspirantes. Éstas son las buenas noticias para aquellos interesados en adoptar un niño o niña en la provincia de Santa Fe. Solamente hay que inscribirse en el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruaga) y seguir los pasos indicados.

Tomarlo con seriedad, charlarlo profundamente con la pareja (en caso de que así sea) y tener la convicción de llevar a cabo el acto de amor más puro que pueda existir. Las ganas de brindarles cariño, protección, un hogar y una imagen parental a niños y adolescentes que lo necesitan profundamente no tiene comparación.

Punto por punto

En diálogo con El Litoral, el subsecretario de Asuntos Registrales, Matías Figueroa Escauriza, detalló lo que hay que hacer para poder adoptar en la provincia de Santa Fe y cuáles son los requisitos necesarios para poder efectuarlo.

-Paso 1. Lo primero que hay que hacer es inscribirse a través de un formulario que se encuentra en la página web de la provincia (santafe.gov.ar), dentro de la pestaña del Ministerio de Justicia hay un link específico que es del Ruaga donde se descarga el formulario.

-Paso 2. Acercase a la oficina del Ruaga (Corrientes 2749, en esta ciudad; en Rosario, Santa Fe 1950) con los requisitos detallados en el formulario, como por ejemplo: antecedentes penales. Importante: el trámite es gratuito y no es necesario el asesoramiento ni acompañamiento de ningún magistrado.

-Paso 3. Se evalúa a través de psicólogos y trabajadores sociales si las personas aspirantes tienen la calidad apta para poder llevarlo a cabo y así admitirlos o no.

¿Cómo y por qué?

“La mayoría de los niños y adolescentes que llegan a estar en condición de ser adoptados provienen de diversas situaciones conflictivas. Para llegar a la adopción hay tres etapas: la primera es que Niñez determina que un chico o chica necesita salir de su núcleo familiar, la segunda es la etapa judicial en la que un juez confirma y falla que la decisión es correcta; la tercera es que el Ruaga se encarga de conseguir una familia adoptiva”, detalló Escauriza.

“Actualmente -continuó Escauriza-, hay muchos inscriptos para adoptar chicos de 0 a 3 años, pero hay pocos postulantes para adolescentes. Esto dificulta mucho la tarea para estos jóvenes, con lo cual hacemos convocatorias públicas para que surjan familias que estén en condiciones y dispuestas a adoptarlos”.

Hasta julio incluido llegaron al Ruaga 49 oficios de adopción de niños y “la mayoría fue resuelta”. Sin embargo, hay casos en los que “no encontramos ni en la provincia ni a nivel país postulantes -para adolescentes sobre todo- y llamamos a convocatoria pública”, afirmó el subsecretario.

En relación con las causas por las que llegan a ser adoptados los chicos son muy variadas: “Desde abusos de progenitores, maltratos, condiciones de vida poco adecuadas, siempre se tratan de medidas extremas y el trabajo de Niñez es muy complejo”, explicó Escauriza.

Los adolescentes que no son adoptados, porque no se encontraron aspirantes en la provincia como en el país, ingresan el programa Autonomía Progresiva; por ende estarán varios años en una institución “y es lo que tenemos que evitar y trabajar para que ningún chico esté en esa situación”, apuntó el funcionario.

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MATÍAS FIGUEROA, subsecretario de Asuntos Registrales: “La mayoría de los niños y adolescentes que llegan a estar en condición de ser adoptados proviene de diversas situaciones conflictivas”.

Foto: Archivo/Flavio Raina

Fin de adopción directa

Con el nuevo Código Civil, se prohíbe la adopción directa, con lo cual “cuando una madre desea dar en adopción a su hijo tras dar a luz, la única vía legal para llevarlo a cabo es a través del Ruaga”, subrayó Escauriza.

Y añadió: “La demora se da en la disponibilidad, porque si uno se inscribe para adoptar niños o niñas de 0 a 3 años la demanda es muy alta porque hay muchos padres en esa condición, pero en adolescencia en 3 ó 4 meses seguramente habrán podido adoptar”.

La mal llamada adopción directa es ilegal en Argentina. Siempre, sin excepciones. La única manera correcta de adoptar a un hijo es anotándose en los registros que hay en cada provincia o en Capital Federal y que están centralizados en la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (DNRUA).

Fallo excepcional. En Rosario, la jueza Valeria Vittori, del Tribunal Colegiado de Familia Nº 7 de Rosario, admitió en septiembre la adopción directa de un adolescente de 16 años a una pareja de mujeres con quien convive desde 2010. La magistrada tuvo en consideración el interés superior del menor, su derecho a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta, valorando la relación socio-afectiva previa entre los involucrados.

En su resolución, la jueza consideró “imposible soslayar” el hecho de que el joven convive hace siete años con la pareja, lo cual lo llevó a conformar con ellas y donde vivió todo ese tiempo, su “núcleo de vida”.

La jueza destacó la “necesidad de preservar este ámbito nuclear como un modo de garantizar el cuidado y la estabilidad emocional del menor” y que el cambio de guarda “no puede sino constituir un perjuicio para el joven”.

En el fallo, la jueza hizo referencia al Anteproyecto del Código Civil y Comercial de la Nación, que contemplaba como excepción a la prohibición de la guarda directa “la existencia de un vínculo afectivo comprobable”.

Dado que el afecto es un aspecto fundamental en el Derecho de Familia, y que para este caso la relación afectiva quedó acreditada por el testimonio de todos los familiares que formaron parte del proceso, Vittori destacó que “el desconocimiento de su incidencia y centralidad en el desarrollo de los conflictos familiares implicaría un abordaje tecnicista y normativista erróneo, en tanto nos alejaría de la toma de decisiones con justicia”.

Las altas y bajas

Desde la implementación del decreto 5.170 del 30 de diciembre de 2016, que modificó el funcionamiento del Ruaga, se avanzó en el envío de notificaciones a las 1.750 familias inscriptas hasta ese momento para consultarles su voluntad o no de continuar con su proyecto adoptivo.

Alrededor de 700 familias manifestaron su deseo de permanecer en el Registro y pasar por las instancias de evaluación. Escauriza admitió que la depuración del padrón fue muy significativa “pero estaba en los cálculos previos ya que pasó mucho tiempo sin revisarse”.

En ese sentido, contó que entre las razones por las cuales muchas familias desistieron de permanecer en el registro, “muchas parejas lo hicieron por el paso del tiempo, otras se pelearon y otras lograron concebir un hijo biológico”.

En lo que va de 2017, como resultado de los informes interdisciplinarios elaborados por los equipos, se han emitido más de 500 disposiciones y otras 200 se encuentran en proceso de elaboración.

A partir de noviembre, a todos los postulantes -sea que resulten admitidos o no- se les notificará la disposición correspondiente. “La importancia de que todos los postulantes tengan su disposición emitida es que imposibilita la elección de legajos de manera discrecional”, resaltó el funcionario.

Una vez dictadas todas las disposiciones se procederá a digitalizar los legajos completos y los tres libros que lleva el registro conformándose también el archivo del registro en formato digital, para que la niña, niño o adolescente en el futuro pueda consultarlo y tener acceso a la información garantizando su derecho a la identidad.