Para los tamberos de Santa Fe

Avance por la institucionalidad

  • El Colegio de Abogados de Rosario a través de su departamento de Derecho Agrario, dictaminó a pedido de CRA y CARSFE sobre la comercialización de la leche cruda. Apuntan a sentar las bases para un marco de inversiones.
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Abrir la tranquera. El fallo es el puntapipé inicial para el reclamo de un mercado similar al de los granos.

Foto:Campolitoral

 

Federico Aguer

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Esta semana Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) publicó en su sitio web una noticia relacionada con el avance en materia de institucionalización del mercado lácteo, una de las metas de la entidad ruralista. Se trata de un dictamen elaborado por el Colegio de Abogados de Rosario sobre el encuadre jurídico del traspaso de la propiedad de la leche cruda del productor a la industria. El mismo define claramente cuáles son las condiciones comerciales para que el traspaso de propiedad de la leche del productor a la industria se ajuste a derecho. “Este dictamen es una pieza fundamental que confirma que el camino de institucionalización de mercado, que emprendieron las entidades confederadas de CRA, y ahora cuenta con el respaldo académico de una de las instancias más prestigiosas del derecho agrario”, sostiene la entidad.

Según opinaron, deja en claro que la entrega de leche cruda que efectúa el empresario tambero a la industria “está enmarcada jurídicamente en el contrato de suministro y en consecuencia le son aplicables las normas del Código Civil y Comercial referidas al mismo”. Por ende, “sería aconsejable para las partes involucradas, que a través de sus organizaciones representativas, acordaran la formulación de contratos marco para cubrir esta operatoria”.

Precio de referencia

La entidad aclara que estos deberían contener, además de las características típicas de la relación jurídica del suministro, aquellas que son propias de la actividad agraria. “Asimismo debería establecerse el precio de referencia o la forma de determinarlo, para brindar seguridad y transparencia al negocio lácteo. El mismo instrumento contractual debería determinar el plazo de pago de las entregas realizadas”.

Según manifestaron, mientras esto no ocurre, y estando involucrado el interés general en la producción tambera, “sería conveniente el dictado de normativa de orden público por parte del Congreso Nacional que le otorgue seguridad económica y jurídica que hagan más atractivas las inversiones en el sector y por consiguiente ayuden al crecimiento del mismo”, sostiene en referencia a la necesidad de una Ley que fomente la lechería.

La nota va más allá, y sugiere que incluso, dentro de las órbitas provinciales, “a más de los conocidos intentos de formulación de precios de referencia, podrían aportarse instrumentos, como pueden ser la formulación de contratos tipo, de adopción voluntaria pero con mecanismos que coadyuven a su utilización, como puede ser la exigencia de los mismos para determinadas operatorias o incentivos impositivos, por citar algunos ejemplos”.

A no hacerse los distraídos

En diálogo con Campolitoral, el titular de la Comisión de Lechería de Carsfe, Eduardo García Maritano, destacó que durante mucho tiempo estuvieron consultando gente del derecho para que diera un encuadre del marco jurídico de la transacción que incluye el traspaso de la leche del productor a la industria. “Veníamos viendo que esto no estaba ajustado a derecho y esto ya lo decía una fallo de la Defensoría del Pueblo”, sostuvo.

El fallo es a raíz de un pedido expreso de la Comisión de Lechería de Carsfe al Colegio de Abogados. “No es un fallo judicial pero es una piezas de derecho, y el Instituto de Derecho Agrario genera este dictamen que trata de aclarar la situación en la que se debe hacer el traspaso de propiedad de la materia prima, para que se ajuste a derecho”, agregó. Para el ruralista la idea es que se cumplan las salvaguardas de cualquier negociación entre partes.

“El fallo es muy jugoso, tiene la consistencia de los términos legales y dice que claramente que el traspaso está enmarcado en el contrato de suministro, y por tanto es una pieza del derecho agrario, donde el productor debe ser cuidado en tanto sujeto. Además, el tambero tiene prohibido vender su producto a otro destino que no sea la industria, y eso implica protegerlo doblemente, sino la industria caza en el zoológico”. García Maritano agregó que esto sirve para que nadie “se haga el distraído. No pueden permitirse posiciones dominantes de unos (industria) sobre otros (tamberos)”.

El fondo de la cuestión

Finalmente, trazó un panorama de la situación de fondo del sector. “Si no hay un marco legal no crecerá la lechería, porque la única manera de crecer es a través de la inversión privada. Una planta de leche en polvo vale U$S 100 millones, y montar un tambo entre 600 y U$S 1 millón. El Estado tiene que crear un ambiente de negocios favorable para que la inversión pueda llegar”, expresó.

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El fallo es muy jugoso, tiene la consistencia de los términos legales y dice que claramente que el traspaso está enmarcado en el contrato de suministro, y por tanto es una pieza del derecho agrario, donde el productor debe ser cuidado en tanto sujeto. No pueden permitirse posiciones dominantes de unos (industria) sobre otros (tamberos)”.

Eduardo García Maritano. Carsfe