Debate en el Congreso nacional

El gobierno busca avanzar con el combate a prácticas monopólicas

El oficialismo intentará acordar con la oposición en Diputados la sanción de reformas a la ley de Defensa de la Competencia.

8-DYN14.jpg

La norma crea la figura del arrepentido, con el objeto de que una persona pueda denunciar el accionar monopólico que sucede cuando se acuerdan precios entre dos o varias empresas.

Foto: DyN

 

Redacción de El Litoral

[email protected]

Telam

El oficialista Cambiemos buscará esta semana alcanzar un acuerdo con el massismo y el justicialismo para sancionar en la Cámara de Diputados un proyecto de reforma de la ley de Defensa de la Competencia, que tiene como dato novedoso la creación de la figura del arrepentido para combatir las prácticas monopólicas de abuso de posición dominante.

Fuentes parlamentarias del oficialismo señalaron que la voluntad es lograr un consenso con parte de la oposición para votar el 22 o el 29 de noviembre esta ley estratégica que busca combatir las prácticas desleales y de cartelización que suceden en los sectores más concentrados de la economía, como el de tarjetas o los hipermercados.

La intención es emitir un dictamen este martes -aunque aún no está convocado el plenario de las comisiones- en base a los proyectos del jefe de la bancada radical Mario Negri, de Elisa Carrió y de la massista Graciela Camaño, pese a que esta fuerza también quiere incorporar su propuesta de ley de góndola.

La ley de Defensa de la Competencia fue sancionada en agosto de 1999 en el último tramo del gobierno de Carlos Menem, en respuesta a una exigencia de la reforma constitucional de 1994, pero nunca se conformó el tribunal que debía aplicar y controlar el cumplimiento de esta norma.

En el proyecto redactado por Negri y Carrió, y respaldado por el gobierno nacional, uno de los puntos centrales es la creación de la Agencia Nacional de la Competencia como ente autárquico, dado que en la actualidad existe ese organismo pero depende de la Secretaria de Comercio.

Otro aspecto central y novedoso es la creación de la figura del arrepentido, con el objeto de que una persona pueda denunciar el accionar monopólico, para que se pueda evitar esa “cartelización” que sucede cuando se acuerdan precios entre dos o varias empresas.

El proyecto de reforma impulsa también el aumento de las multas a las empresas que realizan prácticas de abuso de posición dominante que están muy desactualizadas.

La iniciativa del oficialismo prohíbe “todos los actos o conductas que distorsionen o influyan negativamente en las condiciones de mercado”, y contempla aplicar sanciones a quienes realicen “dichos actos o incurran en dichas conductas, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieren corresponder como consecuencia de los mismos”.

Otro punto es que si el monto total de la operación de fusión o concentración supera los 2 mil millones de pesos se deberá notificar previamente a la Autoridad Nacional de la Competencia, la cual debe autorizar la operación para que esta se pueda realizar.

Además se crea la Autoridad Nacional de la Competencia, organismo descentralizado e independiente, en el ámbito del PEN, que estará conformada por el Tribunal de Defensa de la Competencia, el titular de la Secretaría de Instrucción de Conductas Anticompetitivas y el de la Secretaria de Concentraciones Económicas.

Como otro aspecto novedoso se impulsa la creación del Programa de Clemencia para detectar carteles y, en la medida en que aporten pruebas que permitan sancionar a los miembros del cartel, tendrán como beneficio la exención o reducción de sanciones administrativas y civiles para las empresas que adhieran al programa.

En cuanto a las sanciones se podrá aplicar las penas teniendo en cuenta el beneficio del ilícito y se podrá considerar el criterio de establecer una multa “hasta el doble del beneficio obtenido ilícitamente como resultado de la conducta anticompetitiva”.

Por último, otro criterio podrá ser aplicar una pena de hasta 30% del volumen de negocios en los mercados afectados, multiplicado por el número de años de duración de dicho acto y sino multas de hasta 3000 millones ajustado al IPC.