Objetivos de proinversión y eficiencia recaudatoria

La reforma tributaria ya genera debate

Establece cambios en Ganancias, Impuestos internos e IVA. La novedad es que fija alícuotas para contenidos por Internet y una virtual nueva ley antievasión.

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Redacción de El Litoral

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Con 220 páginas repartidas en 12 capítulos, el gobierno presentó en el Congreso, para que comience el trabajo en comisiones de Diputados y sea tratado en sesiones extraordinarias, el proyecto que contempla los ya anunciados paquetes de modificaciones en diferentes tributos, como Ganancias, IVA, Impuestos Internos, la seguridad social, aranceles a la importación, y las contribuciones patronales, y hasta plantea un cambio de actualización para las multas.

Como había adelantado el oficialismo, se fija una mayor presión tributaria a los combustibles, al tabaco y a las bebidas azucaradas; a la renta financiera de las personas humanas, y sobre los activos inmuebles.

En el caso del vino, los espumantes y la cerveza, como adelantó el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, el gobierno desistió de su intención de que paguen más impuestos.

Las novedades se concentran en que se grava la tenencia de monedas digitales y la transmisión de contenidos originados en el exterior, y también una mayor carga a los servicios de telefonía celular y satelital.

Finalmente, la producción de Tierra del Fuego no pagará Impuestos Internos, pero sí los importados hacia 2023.

Con esta reforma, el gobierno explicó que busca obtener una rebaja gradual de la presión impositiva en cinco años, con un impacto del 1,5% en el PBI. Sin embargo, el propio ministro de Economía, Nicolás Dujovne, había señalado ante diferentes medios porteños que entre las subas y las bajas la estimación es que el impacto en la recaudación sea neutro, si es que la economía crece.

Casos destacados

El primer capítulo se encuentra la baja de la alícuota del impuesto a las Ganancias para utilidades no distribuidas de las empresas (del 35% al 25% al 2021). Esto es para las compañías en el período que no giran dividendos y los reinvierten. Vuelven al régimen “normal” cuando reparten las ganancias entre sus accionistas.

Asimismo, establece la posibilidad de computar el pago del Impuesto al Cheque a cuenta de Ganancias, y el mínimo no imponible para contribuciones patronales (las empresas sólo pagarán por el excedente).

En cuanto a denominados Impuestos Internos, como se había adelantado, se modifica el piso a partir del que se comienza a pagar por la compra de automóviles 0 Km.

Pero esto de las “compensaciones” sube la presión para los servicios de telefonía celular.

Otra novedad del proyecto es que también incorpora al régimen de pago de Ganancias a servicios que hasta ahora estaban exentos, como por ejemplo los contenidos distribuidos por Internet, lo que implicará que servicios como Netflix y Spotify comenzarán a tributar.

También quedaron incluidas en Ganancias las fundaciones, asociaciones y entidades civiles de asistencia social que obtengan sus recursos de espectáculos públicos, juegos de azar o actividades similares, o que se dediquen a la actividad de crédito o financieras (las cooperativas, por ejemplo).

Gradual

La iniciativa da cuenta del proyecto de ley para reducir las alícuotas del impuesto interno para productos como celulares, televisores, aires acondicionados y microondas de manera gradual. Como se sabe, los celulares, televisores y monitores tienen una alícuota de 17% y, si prospera en el Congreso la iniciativa oficial, sería eliminada.

Ley antievasión

El Título VII de la Reforma, sobre Procedimiento Tributario, es una verdadera “Ley Antievasión 3”. Tiene 72 artículos e incluye ítems como el domicilio electrónico obligatorio, la clausura preventiva y un reordenamiento completo del Tribunal Fiscal de la Nación, que lo obliga a tener delegaciones en el interior del país.

A partir de la reforma, en consonancia con lo que venían disponiendo las provincias, la constitución del domicilio fiscal electrónico será obligatoria y se delega en la Afip establecer excepciones a esa obligación, comentó Sebastián Domínguez, de SDC Asesores Tributarios.

Se crea una instancia de conciliación administrativa dentro de la Afip, el acuerdo conclusivo voluntario, que tendrá lugar durante el proceso anterior de la determinación de oficio.

La Afip tendrá derecho a la clausura preventiva cuando se configuren uno o más hechos u omisiones y el contribuyente tenga antecedentes por comisión de la infracción, comentó Humberto Bertazza, presidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño.

Gaseosas

El mismo día que se conoció la intención de la multinacional de las bebidas Coca-Cola de “revaluar su plan de inversiones” en el país, producto de la decisión de elevar los impuestos internos a las bebidas con azúcar, casi en paralelo se habilitaron negociaciones entre la industria y el gobierno para intentar un acuerdo. Ahora, intentarán negociar la marcha atrás a la suba, como sucedió con otras industrias, como la del vino o la cerveza.

Renta financiera

En lo que se refiere a la renta financiera, establece una alícuota del 15% para activos en dólares o indexados; y 5% para activos de renta fija en pesos no indexados.

Se elimina el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, pero se incorpora una alícuota del 15% a la ganancia de capital por compraventa de inmuebles que no sean viviendas.

Parte de esa neutralidad estaría dada porque el proyecto de ley de Reforma Tributaria plantea una virtual nueva ley antievasión en donde aparece un régimen Penal Tributario (ver aparte).

Además, crea una Unidad de Valor Tributaria que actualizará multas por la inflación.