Legitimación procesal en acciones colectivas

Más facultades para el defensor del Pueblo

Redacción El Litoral

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El defensor del Pueblo de Santa Fe cuenta con más herramientas para ejercer “en acciones colectivas” ante la Justicia su rol de proteger los derechos de los ciudadanos.

El Senado santafesino completó, en su última sesión, la aprobación de una norma que cambia sus facultades. Se trata de una reforma de la Ley 10.396 de creación de la Defensoría.

Sobre tablas, y por unanimidad (tras un pedido formal del defensor Raúl Lamberto) el Senado apuró la sanción del proyecto que contaba con media sanción de Diputados, en un expediente que iniciaron, con sendas iniciativas, Luis Daniel Rubeo (Bloque Justicialista) y Verónica Benas (Pares-FPCYS).

La nueva ley atribuye al defensor del Pueblo “legitimación procesal a los fines de interponer, en sede judicial, las acciones colectivas que estime pertinentes”.

Según los autores de la iniciativa, el cambio, permite “una protección integral de los derechos de las personas mediante legitimación procesal para ejercer acciones colectivas en defensa de intereses difusos e intereses individuales homogéneos, garantizándose el acceso a la justicia dentro del marco de su competencia”.

Cabe destacar que la norma aclara que “su actuación no origina el pago de honorarios”.

En uno de sus párrafos más lúcidos, el proyecto de Diputados señala que “tener derecho y carecer de recurso o acción para defenderlo es no tener nada y, la legitimación, en última instancia, remite al derecho sustancial, por lo tanto, negar la legitimación equivale a negar el derecho”.

En definitiva, “una modificación normativa como la propuesta responde a una necesidad jurídica, a una adecuación a nivel constitucional y supranacional y, fundamentalmente, a un imperativo social”.

De Lamberto

El defensor el Pueblo, Raúl Lamberto, elogió la decisión de los legisladores de ambas Cámaras: “Representa un paso más para garantizar el respeto de los derechos fundamentales de todos los que habitan la provincia”, dijo.

En un comunicado, Lamberto recuerda que “desde hace tiempo la Defensoría santafesina venía solicitando la ampliación de sus facultades, más allá de las que ya tenía en el marco de la ley provincial 10.000, conocida como de Intereses Difusos”.

Recordó que la Provincia de Santa Fe una de las primeras del país en contar con un defensor del Pueblo y señaló que su ley de creación data del año 1989. “Y, si bien esto es motivo de orgullo, también hace que su creación sea previa a la de otras Defensorías del país, incluso la nacional, cuyas normas de creación ya contemplan la legitimación procesal activa (consagrada en la Constitución Nacional de 1994)”, comparó.