llegan cartas

Carteles de publicidad

ORLANDO AGUSTÍN GAUNA BRACAMONTE

DNI 6.255.319

En la ciudad de Santa Fe, el Código de Publicidad y Propaganda está normado por la ordenanza Nº 12.090, que entre otras finalidades tiene la salvaguarda de la seguridad. Y con ese fin, el artículo 25 dispone que los anuncios no podrán “Producir cambios de luz...” ni “Distraer o dificultar de manera ostensible y peligrosa la atención de los conductores respecto al manejo de los vehículos...”.

El artículo 45 del mismo código de publicidad establece que: “No estarán permitidas las proyecciones, salvo las que excepcionalmente autorice el Departamento Ejecutivo Municipal por razones de interés público y siempre que no afecten la arquitectura y el espacio urbano, y se encuentren alejadas de visuales desde la circulación vehicular”.

No obstante, en lugares de un muy intenso tránsito vehicular, se encuentran instaladas grandes cartelerías con proyecciones que indefectiblemente provocan la distracción de los conductores.

Estos carteles están ubicados en las muy conflictivas intersecciones de avenidas Alem, 27 de Febrero y Tucumán; en la salida del Puente Carretero a J.J. Paso y bulevar Zavalla; en Av. López y Planes, Freyre y bulevar Pellegrini. A los que se sumó un cuarto cartel con proyecciones en Av. 27 de Febrero y Salta.

Por la intensidad del tránsito y las velocidades con que se desplazan en esas arterias, es muy factible que por una distracción motivada por esas proyecciones pueda ocurrir un accidente con imprevisibles consecuencias; por lo que cabe esperar que la Subsecretaría de Industria y Comercio de la Municipalidad, como autoridad de aplicación del Código de Publicidad, disponga el inmediato retiro de esas pantallas de proyecciones, para evitar que se incremente aún más el elevado índice de muertos por accidentes de tránsito.