Comunicado oficial

Respaldan a jueces por el crimen de la maestra

La Cámara Penal consideró “erróneo o malicioso” el señalamiento al juez Norberto Ninsnevich como el responsable de la libertad de Juan Ramón Cano, único acusado por el homicidio. Al parecer, se habría producido un “escrache virtual” en redes sociales.

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El jueves 15 de febrero, Vanesa Castillo fue abordada por Cano, que le aplicó trece puñaladas por la espalda, a la salida de la escuela.

Foto: Flavio Raina

 

Redacción de El Litoral

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El presidente de la Cámara de Apelación Penal de Santa Fe, Roberto Prieu Mántaras, firmó hoy un comunicado de prensa destinado a aclarar la situación planteada en torno a la actuación de los jueces del fuero penal en procesos judiciales previos que tuvieron como involucrado a Juan Ramón Cano, el hombre acusado de matar a la maestra de Alto Verde.

“Teniendo en consideración las expresiones publicadas en algunas redes sociales en orden a la actuación que le habría correspondido a un magistrado de esta ciudad, con relación a la liberación de la persona a quien se acusa de haber dado muerte a la docente, Vanesa Castillo, en Alto Verde, se hace necesario clarificar a la opinión pública al respecto”, comienza el enunciado.

“En tal sentido y habiendo tenido a la vista el proceso sustanciado oportunamente contra Juan Ramón Cano, debe aclararse que se sindicó errónea o maliciosamente al Dr. Norberto Nisnevich como el juez que había dictado la sentencia impuesta oportunamente a quien resulta imputado del hecho”, sostuvo la Cámara, que además señaló que dicha sentencia “fue dictada por otro magistrado” -cuyo nombre no fue consignado en la nota- “quien en el estricto cumplimiento de su función condenó a Cano a la pena de tres años en efectivo cumplimiento, por los delitos de robo, robo en grado de tentativa, exhibiciones obscenas y portación de arma de uso civil en concurso real, siendo declarado reincidente”.

Pena cumplida

En tal sentido, destaca el escrito que la pena en cuestión “fue cumplida en su totalidad, no habiéndose otorgado ningún tipo de beneficio durante la ejecución de la misma” y que la sentencia no fue apelada “por lo que adquirió firmeza y que la libertad de Cano fue como consecuencia de haber cumplido la pena en su totalidad, sin que existiera ningún obstáculo legal que impidiera su recuperación una vez purgada su condena, libertad que obtuvo en enero de 2017”.

Por último, destaca el comunicado “que tal aclaración resulta imprescindible a fin de evitar cualquier tipo de especulación o manipulación de información, en torno a la responsabilidad de algún magistrado del Fuero Penal del Poder Judicial de la provincia, en el lamentable suceso acaecido, como así también en razón del tenor y gravedad de las manifestaciones publicadas en las redes sociales, tener que lamentar consecuencias irreparables”.

Vanesa Soledad Castillo era una docente de 33 años que vivía en Santa Rosa de Calchines junto con su madre y su hijita de once años y trabajaba entre otras instituciones, en la escuela Victoriano Montes de Alto Verde. El jueves 15 de febrero, pasado el mediodía, se subió a su moto para regresar a su casa cuando Juan Ramón Cano la sorprendió por la espalda y comenzó a apuñalarla hasta provocarle 13 heridas punzantes con una chuza de hierro. Escapó, se escondió en su casa de la Manzana 7, desde donde fue sacado por la policía en medio del clamor del barrio. El sábado fue imputado por la Fiscalía de Homicidios del Ministerio Público de la Acusación (fiscales Andrés Marchi, Mariela Jiménez y Alejandra del Río Ayala); y la jueza de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), Sandra Valenti, le dictó la prisión preventiva a Cano en el mismo acto.