Tribuna política

Mujeres del derecho y Reforma Constitucional

Erica Stalker y Carolina Walker: Abogadas

Asociación Civil “Mujeres del Derecho”

La actual Constitución provincial es una “ley de leyes” consensuada y escrita en el año 1962 por 58 convencionales varones y sólo dos convencionales mujeres. Algo que explica no sólo la redacción androcéntrica, es decir la mirada sesgada que ubica en el centro de los intereses y fundamentos, de manera hegemónica, a las necesidades del hombre, de nuestra actual Carta Magna, sino que también adolece de una magna omisión en relación a la ausencia de Perspectiva de Género y que puede rápidamente inferirse, de una de las dos normas que nombran a la mujer, una de ellas el artículo 23 el que reconoce a las mujeres como portadoras de derechos sí y sólo sí los ejercen en nombre de la maternidad. (Art. 23: “La Provincia contribuye a la formación y defensa integral de la familia... Protege en lo material y moral la maternidad, la infancia, la juventud y la ancianidad, directamente o fomentando las instituciones privadas orientadas a tal fin”).

Esta realidad representada en una ley fundamental de autonomía e impronta local reclama desde las voces del movimiento de mujeres que promueve día a día la Equidad de Género, la Paridad en los cargos electivos y en los puestos de trabajo, públicos y privados, que el imperioso cambio social logrado en el marco de las luchas feministas y sociales por los Derechos Humanos sea lanzado a la plataforma programática de una Constitución santafesina nueva, no sólo “reformada”.

En la construcción inicial del Estado argentino, ni en los antecedentes constitucionales de Francia y los Estados Unidos de Norteamérica las mujeres no formamos parte del consenso social que sentó las bases del llamado Estado Constitucional. El cimiento de nuestro Estado provincial, en su cosmovisión de la modernidad que diseña la Constitución de 1962, hoy vigente, tuvo representación femenina del 1,2 %. Esta característica, naturalizada al día de hoy, se verá transformada por una nueva constitución que incluye a la mujer en este nuevo Pacto Social fundamental, y que a partir de la paridad de género impone preverla en su integración originaria y en la elección de convencionales que conformarán una Asamblea Constituyente de composición igualitaria y equitativa.

Hacer historia

Este año 2018 es un momento histórico para el feminismo en Santa Fe, dado que participaría, por primera vez, en condiciones de igualdad en el consenso y redacción de este Contrato Social fundamental que es la Constitución y que vería la luz en nuestra provincia. Este hecho trasciende coyunturas, oportunismos y fanatismos porque expreso el sueño y el anhelo de millones de mujeres que entregaron su vida para llegar a un momento como el que tenemos el privilegio de vivir como generación.

¿Redacción en masculino?

Las mujeres no podemos delegar la palabra por otros 65 años más, cuando estamos en condiciones de ser parte de una Carta Magna que debe abandonar el sujeto masculino en su redacción. Esto no es una cuestión sólo semántica, importa una intervención cultural de trascendencia sobre la realidad. Nunca imaginaríamos una Constitución que hable del modo de elegir gobernadoras, vicegobernadoras, diputadas, senadoras, juezas o funcionarias, invisibilizando al varón en la redacción normativa que destina a regir, de manera inclusiva a toda una población. ¿Por qué soportamos, durante décadas, la censura de género en el lenguaje en que se expresa el Estado?

Si queremos argumentar cómo opera en la realidad el lenguaje sexista, apenas debemos observar nuestra propia pasividad ante semejante discriminación.

La potencia simbólica de este anacronismo jurídico y que en definitiva performa nuestra cosmovisión social, tiene su cruel correlato en la cotidianeidad de la praxis profesional, al enfrentarnos a una justicia patriarcal que discrimina a mujeres y niñas en ejercicio de una despótica violencia de género institucional. Nos es imprescindible para el ejercicio ético como operadores del derecho, mujeres y varones, la explícita incorporación de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, principalmente aquellos que establecen los estándares mínimos de garantías para evitar la discriminación hacia las mujeres y la protección de niños, niñas y adolescentes, para proveer a la justicia local de instrumentos normativos de ineludible y efectiva aplicación.

Lo mismo ocurre con respecto al Consejo de la Magistratura y a la Defensoría del Pueblo, organismos democráticos sobre los que el proyecto legislativo que propone la necesidad de la reforma legal ha puesto el foco, promoviendo: “Su autonomía funcional, autarquía y un método adecuado de designación de sus órganos directivos”.

La inestabilidad institucional, la intromisión nociva de poderes -no sólo de gobierno, sino también corporativos- y la precariedad reglamentaria del funcionamiento de los institutos jurídicos, hijos de la democracia, tan reciente en la historia de nuestro país; ausentes o no reconocidos expresamente en la Constitución Provincial, debilitan la objetividad profesional del funcionariado público y del propio Estado, que se ha aggiornado hasta adoptar las formas propias de un gobierno electrónico , dotado de una alta tecnología informática, aunque permanece anquilosado en las enquistadas estructuras burocráticas que dificultan a diario el impacto efectivo de aquellas políticas públicas que la ciudadanía reclama.

Cambian las cosas

En los últimos años hemos presenciado algunos cambios hacia adentro del Estado, y nos referimos a las políticas en materia de Género que vienen siendo desarrolladas a nivel local, pero no es suficiente, no alcanza para afrontar la violencia de género y contra la infancia estructural en nuestra sociedad y más preocupante aún es la endeblez institucional de las políticas inclusivas por la no asignación de recursos económicos indispensables para la implementación efectiva de las mismas. Las mujeres debemos estar presentes en los momentos y lugares en los que se debata de una vez por todas el “Presupuesto de Género”, el control de las irregulares casi exiguas transferencias nacionales para políticas de género a la provincia y abrir el camino para que todos los ministerios aporten a las políticas de género.

Algunas de tantas santafesinas por los derechos de las mujeres

La docente, abogada, y ex vice gobernadora Griselda Tessio, en el contexto del debate en torno a la reforma legal constitucional recientemente expresaba en este medio: “... si los derechos en cuestiones de género tienen rango constitucional, mejor, porque va a ser más difícil volver atrás”. Nuestra provincia ha sido cuna de referentes mujeres cuyas ideas progresistas y democráticas protagonizaron profundos cambios culturales a partir de su impronta feminista, lucidez y determinación. Entre tantas podemos recordar a las docentes Olga y Leticia Cossettini, intelectuales que fundaron las raíces de una pedagogía progresista. La inventiva y coraje de la “maestra caracol”: Ángela Peralta Pino, quien se abocó a la tarea de la alfabetización en el norte provincial a las familias de hacheros y peones golondrina. Lo hizo a bordo de su pintoresca “escuela rodante” -tirada por un tractor- recorriendo los más recónditos rincones de la cuña boscosa santafesina entre 1942 y 1962.

Nuestra propia UNL incubó la masa crítica de mujeres reformistas que gestaron la inclusión política y democrática en la casa de altos estudios. Marta Samatán, Ángela Romero Vera y Rosa Diner se transformaron, además, en fundadoras de la Unión Argentina de Mujeres. Párrafo aparte merece la Dra. Ángela Romero Vera, docente en Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNL quien se transformara, en 1958, en la primera embajadora mujer de la Argentina representando a nuestro país en Panamá.

El ADN de nuestra provincia, en su faz progresista y democrática, nos tiene a las mujeres como actoras principales en el ámbito académico, político y social protagonizando las más importantes transformaciones culturales de nuestro país.