Procedimiento y muerte de Rafael Nahuel

Prefectos y mapuches procesados

El juez federal de Bariloche determinó que quienes usurpaban el parque nacional Nahuel Huapi atacaron a los prefectos a mano armada y con “formaciones militares”. Los efectivos están acusados por exceso en el uso de armas reglamentarias que terminó con la víctima fatal.

Redacción de El Litoral

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Télam

El juez federal Leónidas Moldes, de Bariloche, procesó a cinco prefectos del Grupo Albatros y a dos mapuches militantes, involucrados en el enfrentamiento ocurrido en noviembre de 2017 en Mascardi, a 35 kilómetros de la ciudad, durante el cual murió el joven Rafael Nahuel.

Los efectivos fueron procesados sin prisión preventiva, en tanto que el juez procesó con prisión preventiva a los dos mapuches Fausto Jones Huala y Lautaro González. A los dos mapuches, Horacio Jones Huala -hermano de Facundo, condenado en Chile- los acusa de coautores penalmente responsables de los delitos de usurpación y atentado contra la autoridad, agravado por haberse cometido a mano armada.

Dispone, además trabar embargo a Jones Huala y Lautaro Alejandro González hasta cubrir la suma -en cada caso- de diez mil pesos ($10.000). Además ordenó el procesamiento sin prisión preventiva de cinco prefectos: Francisco Javier Pintos (quien habría ejecutado el disparo fatal), Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, Sergio Guillermo Cavia y Carlos Valentín Sosa, como coautores penalmente responsables del delito de homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante la utilización de armas de fuego, cometido con exceso en la legítima defensa.

Dispuso un embargo para los cinco de 500.000 pesos, en cada caso y también la prohibición de salir del país sin previa autorización judicial. El magistrado expresó que los prefectos “utilizaron el armamento provisto por esa institución (marcadoras de pintura, subfusiles MP5, pistolas 9 mm., entre otras), como consecuencia de lo cual se produjo la muerte de Rafael Domingo Nahuel Salvo, quién fue impactado por una munición emergente de un arma de fuego que le ocasionó su deceso”.

En otra parte del fallo, de más de cien carillas, consigna respecto a los dos mapuches que, según lo informado por distintas oficinas periciales “algunos de los integrantes del grupo que atacó a los funcionarios tendrían residuos de disparo en sus manos y sus prendas” y agrega que si bien los defensores de Jones Huala y González los cuestionaron “nada impide valorarlo”.

Destacó que la agresión a los funcionarios de Prefectura “ya se había verificado desde el momento mismo en que se les arrojaron piedras y lanzas. La eventual existencia y utilización de armas de fuego -que según algunas pericias habrían estado en manos del grupo atacante, pero que no fueron secuestradas en el sumario- sólo hablaría de un recrudecimiento y agravamiento del ataque”.

El magistrado pone de relieve luego que “los atacantes hicieron gala de formaciones militares (saltos individuales, formaciones en cuña) y superaban ampliamente en número a los funcionarios de prevención. Así el escenario donde se inició una disputa en la que los funcionarios de Prefectura se identificaron como tales”.

Dice luego que la cuestión radica “en determinar si la utilización que los efectivos realizaron (en esas particulares circunstancias) del armamento letal con el que contaban, resultó racional en los términos de la norma penal. Y es aquí donde me inclino por afirmar que los funcionarios pudieron haber rebasado el límite de la necesidad”.

La muerte

La muerte de Rafael Nahuel, de 21 años, ocurrió el sábado 25 de noviembre de 2017, en un predio que había sido usurpado por la comunidad mapuche Winkul Mapu de Villa Mascardi. Los agentes del Grupo Albatros de la Prefectura Naval estaban participando del operativo de seguridad circundante a la comunidad desalojada, a raíz de una orden judicial por la ocupación ilegal del predio en la villa vecina a la ciudad de Bariloche, ubicado dentro en el Parque Nacional Nahuel Huapi.