La decisión de la jueza Elena Highton de Nolasco de permanecer en la Corte Suprema de Justicia de la Nación más allá del tope constitucional de 75 años, reedita el debate que en su momento desató el caso de Carlos Fayt, pero en circunstancias sustancialmente diferentes. Y, a la vez, se proyecta sobre una situación que involucra a un gran número de magistrados y que podría tener un sensible impacto sobre la prestación del servicio de Justicia.
Highton cumplirá el 7 de diciembre de este año la edad límite incorporada en la convención reformadora de 1994, que no implica de por sí el necesario apartamiento, sino el cese de la inamovilidad. Es decir que, a partir de ese momento, la continuidad en el puesto debe ser avalada por el Congreso.
En su momento, el cese de Fayt fue impulsado desde el gobierno kirchnerista y se convirtió en un caso emblemático de resistencia a los embates del poder político, máxime cuando se trataba de una figura señera de la doctrina y la jurisprudencia argentina. El jurista, que había sido designado por Raúl Alfonsín en 1983, permaneció en el máximo tribunal hasta los 97 años de edad y se retiró tras haber presentado su renuncia, que se hizo efectiva el 11 de diciembre de 2015. Un día después de que Cristina Fernández fuera reemplazada por Mauricio Macri.
Fayt se escudó principalmente en los derechos adquiridos, y en la circunstancia de que cuando juró en su cargo aún no regía el tope constitucional. En consonancia con ese criterio -y también de manera consistente con la estrategia de la Casa Rosada-, Raúl Zaffaroni renunció al momento de cumplir los 75 años. No es el caso de Highton, que juró con la cláusula restrictiva ya en plena vigencia.
No obstante, hay un aspecto del caso Fayt que Highton espera hacer jugar en su favor. Cuando se ventilaba el amparo del extinto ex magistrado, la Justicia en lo contencioso administrativo consideró que, cuando en 1994 se reformó la Constitución Nacional y se impuso el límite etario de 75 años, los constituyentes se excedieron en su mandato, porque esa cuestión no había sido predeterminada por el Congreso. Con lo cual, la inconstitucionalidad de la Constitución que -por incongruente que suene- plantea ahora la ministra, deberá ser resuelto por los jueces de turno.
El pedido de Highton se conoce mientras la Corte que integra tiene bajo estudio el llamado “amparo Schiffrin”, a través del cual la Cámara Federal de La Plata resolvió permitir que jueces mayores de 75 años sigan en sus cargos. En caso de revocarse este amparo -cuestión que quedó pendiente en el Alto Tribunal, y que ahora cobra una nueva dimensión-, unos 70 magistrados deberían jubilarse; entre ellos la María Servini de Cubría, que el pasado mes de diciembre cumplió 80 años. En caso de que ello ocurriera, el efecto sería notorio sobre una base de 1.000 juzgados nacionales, unos 280 de los cuales ya están vacantes.
Los casos expuestos presentan diferencias. Cuando se sancionó la reforma constitucional, Fayt ya excedía la edad tope. Cuando renunció, Zaffaroni invocó “ineludibles razones normativas” y “acatamiento” a la Constitución. La postura de Highton parece demostrar que, para ella, el alejamiento no es tanto una imposición de la Carta Magna a la que juró custodiar, sino una decisión propia y discrecional.