Ivana Fux
Pretenden agilizar, transparentar y clarificar el procedimiento.
Ivana Fux
El Poder Ejecutivo estableció por decreto una nueva reglamentación para el funcionamiento del Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos (Ruaga), concebido como un “instrumento eficaz para resguardar el interés de niños, niñas y adolescentes en el proceso de adopción”.
La norma lleva el número 5.170 y fue firmada el 30 de diciembre por el gobernador Miguel Lifschitz y el ministro de Justicia, Ricardo Silberstein. En diálogo con El Litoral, la titular del Registro, Alejandra Kosak, dijo que las modificaciones se inscriben en “una reforma integral que se plantea para el organismo, y que pretende dar cumplimiento a un mandato del gobernador, que apunta a agilizar y transparentar todos los trámites de adopción”.
El decreto plantea un protocolo para el ordenamiento de los trámites, que comprende al Poder Judicial, a la Secretaría de Niñez y al Ruaga. Además, estipula la creación de un Comité de Evaluación de Profesionales para la conformación de los equipos interdisciplinarios que efectúan la evaluación de cada caso inscripto en el Registro; y establece un “orden de prelación provincial”, que podrá ser modificado por decisión judicial.
Comité
Respecto de la creación de un Comité de Evaluación, Kosak explicó que actualmente, los diagnósticos se elaboran “con los recursos profesionales disponibles” en el área. Pero aclaró que “ante la gran demanda” por la cantidad de inscriptos, el trabajo no se llega a realizar. “Algo que estaba pasando era que había muchas familias sin evaluar. Con este equipo interdisciplinario, estaríamos en condiciones de evaluar este año a todas las familias que están inscriptas en el Ruaga, lo cual no es poco”, destacó.
Dicho comité estará presidido por el subsecretario de Asuntos Registrales, e integrado por el director de Registros, además de representantes de los Colegios de Psicólogos y Trabajadores Sociales de la provincia. El Comité llamará a convocatoria pública de profesionales y recibirán los CV de los postulantes. Preseleccionará a los profesionales, los capacitará y hará un seguimiento y control de las evaluaciones realizadas por los equipos interdisciplinarios.
En los considerandos del decreto se fundamenta la conformación de dicho comité a fin de contar “con nuevas miradas y agilizar la etapa evaluativa de los aspirantes a adopción”. Los equipos interdisciplinarios estarán conformado “preferentemente por profesionales abogados, psicólogos, asistentes sociales y médicos psiquiatras”. Dichos profesionales deberán elaborar “un diagnóstico progresivo de la capacidad de prohijar de los aspirantes a guarda con fines de adopción a partir de entrevistas psicológicas, realizar un abordaje socio-ambiental de los pretensos adoptantes, organizar talleres interdisciplinarios de reflexión, confeccionar un informe interdisciplinario que aúne criterios sobre los pretensos adoptantes, y recomendar medidas terapéuticas”.
Prelación
Respecto de la prelación, Kosak destacó que con la nueva reglamentación, dicho orden será provincial y modificable sólo a pedido de la Justicia. “No es el Ruaga cambia el orden de prelación, sino la Justicia y frente a determinados motivos. Esto es muy importante -destacó-; son aspectos que suman más transparencia a todo el proceso de adopción”. Según dijo, actualmente también se establece un orden de prelación provincial, pero “estamos trabajando casi telefónicamente con los jueces. Lo que se plantea con el decreto es que esto tenga un marco de formalidad en el oficio. Se estipula todo el procedimiento y todo está escrito”, aseguró.
De acuerdo con la nueva reglamentación, se establecerá un “orden de prioridad” entre los aspirantes que sean admitidos, a los que se les asignará un número de orden dentro de la lista única provincial conforme la fecha de solicitud de inscripción en el registro”. Dicho orden contendrá “variables objetivas que conformarán la disponibilidad adoptiva de los aspirantes admitidos”. Dichas variables son sexo, edad, estado de salud, y si el proyecto adoptivo acepta grupo de hermanos, entre otros ítems. Si el magistrado interviniente decidiera apartarse del orden de prioridad valorando el interés del niño, el Registro deberá enviar los legajos a la circunscripción correspondiente, de acuerdo con los parámetros que determine el juez. El juez deberá hacer constar en dichos oficios las circunstancias relevantes que motivaron la excepción.
Claridad
En términos generales, Kosak sostuvo que la nueva reglamentación se propone “agilizar” todos los procedimientos internos del Registro, y otorgarle “transparencia y claridad” al trámite de adopción. Asimismo, “pone orden” respecto de cómo deben ser los trámites judiciales. “Perdíamos muchísimo tiempo -contó-, porque a veces los jueces nos oficiaban sin datos del niño/niña. Ahora, se establece de qué manera se tiene que confeccionar ese oficio lo cual facilitaría muchísimo para nosotros la búsqueda de los pretensos adoptantes”.
“También pretendemos brindarle contención a la familia durante el proceso de espera, y que todo se haga más rápido. La gente que se inscribe tiene que saber en qué etapa se encuentra su proceso; de lo contrario, se generan fantasías o falsas expectativas, y nosotros necesitamos trabajar con claridad.”, concluyó.
>>> 1.700 solicitudes de proyectos adoptivos se recibieron en el Registro provincial durante los seis años de vigencia de la ley 13.093, que determina su creación.