El Litoral
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe sentenció a un joven de 23 años, como autor del delito de “tenencia de estupefaciente con fines de comercialización”.
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Una decena de mensajes con los enunciados: “Man te queda fa”, “Che me aguanta un fa man?”, “Hey man me vendes dos fa”, o “tonta, quien tiene merca”; sumado a los videos mediante los cuales se pudo acreditar el circuito de compra-venta de estupefacientes, terminaron en condena para un joven de la ciudad de San Cristóbal, al que además, le secuestraron 140 gramos de marihuana cuando lo detuvieron.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe sentenció ayer a Alan José Ávalos, de 23 años, como autor del delito de “tenencia de estupefaciente con fines de comercialización” a la pena de 4 años de prisión de cumplimiento efectiva y $ 4.000 de multa, según lo establecido en el artículo “5” inciso “C” de la Ley 23.737 y 45 del Código Penal.
Los jueces Luciano H. Lauría -presidente-, María Ivón Vella y José María Escobar Cello tomaron por válido el alegato del fiscal general Martín Suárez Faisal, quien solicitó además la revocatoria de la excarcelación oportunamente concedida por la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario durante el trámite de la causa. En tal sentido el tribunal dispuso el “inmediato encarcelamiento” de Ávalos apenas la sentencia quede firme.
Por el lado de la defensa, el abogado Héctor Curi Huesped, pidió la absolución de culpa y cargo para su pupilo; y que subsidiariamente, se perfore el mínimo de la pena prevista para la “tenencia con fines” y que se le aplique una pena inferior a 3 años de prisión, de cumplimiento condicional.
El 6 de marzo de 2015 efectivos de la Brigada Operativa Departamental XIII allanaron la casa de calle Juan B. Justo 1166 de San Cristóbal, donde en un departamento del fondo vivía Ávalos. En el lugar, señalado como un centro de venta de drogas, la policía secuestró 137,81 grs. de marihuana, distribuidos en un cajón, dentro de un atado de cigariilos y en la heladera. También se secuestraron celulares y chips de telefono, de los cuales se extrajeron los enunciados antes mencionados.
La investigación comenzó el 18 de diciembre de 2014 por una denuncia anónima, en la que se daba cuenta que en horas de la tarde y la noche concurrían numerosos jóvenes aparentemente a comprar droga. En tal sentido, la fiscalía sostuvo durante el juicio que “los registros fílmicos obtenidos de la vigilancia del inmueble del encartado son elocuentes” ya que “se pudo corroborar movimientos compatibles con la comercialización de estupefacientes” al menudeo.
Para el Ministerio Público fue considerado un atenuante la falta de antecedentes de Ávalos; mientras que como agravante se consideró “la extensión del peligro causado” ya que la maniobra se desarrollaba en en una vivienda del ejido urbano -J.B.Justo y av. de Trabajadores Ferroviarios- de San Cristóbal; así como la posibilidad de ingresar al mercado la droga secuestrada.
Por último, en su sentencia condenatoria el tribunal ordenó el decomiso del material estupefaciente secuestrado y la devolución de los efectos personales que no guarden relación con la causa y que se encuentran retenidos desde la fecha de su detención. Asimismo, programó para el próximo 13 de febrero la lectura de los fundamentos del fallo.