La participación de menores de edad en graves hechos delictivos resulta inocultable e incrementa la preocupación en una sociedad atribulada por los crecientes índices de violencia e inseguridad.
A diferencia de lo que sucede en el resto de Latinoamérica, la Argentina no cuenta con una Ley Penal Juvenil actualizada.
La participación de menores de edad en graves hechos delictivos resulta inocultable e incrementa la preocupación en una sociedad atribulada por los crecientes índices de violencia e inseguridad.
El problema no es nuevo. Sin embargo, los años pasaron y la clase política argentina jamás asumió la necesidad de enfrentar la situación.
En estos momentos, el gobierno nacional se muestra dispuesto a impulsar el debate. Sin embargo, y como sucede cada vez que el tema vuelve a concitar la atención, la controversia termina centrándose en la edad de imputabilidad de los menores.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Germán Garavano, reiteró que la idea es reducir la imputabilidad a partir de 14 años para delitos gravísimos, como homicidios o violaciones. Y probablemente, para la franja de 15 años, para otros delitos como robo con armas. Actualmente, los menores de 16 años son considerados inimputables.
La titular de la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes de la provincia de Santa Fe, Analía Colombo, se manifestó en contra de la baja de la edad de imputabilidad: “No hay que apuntar la discusión sólo en la baja de la edad, eso sería ver el final de la película... Estamos a favor del tratamiento de una ley de Justicia Penal Juvenil, ya que contamos con una que rige desde la dictadura y requiere una reforma”.
Desde Unicef Argentina, consideran que el país necesita un marco legal adecuado, sin que esto implique reducir la edad de imputabilidad. Además, plantean que sería un gran avance contar con un sistema de información nacional sobre niños, niñas y adolescentes en conflicto con la ley penal, para poder dimensionar el fenómeno y diseñar políticas públicas pertinentes y eficaces para abordar esta problemática.
Limitar las discusiones a la edad de imputabilidad sería quedarse en la superficie del problema. De hecho, no existe diferencia alguna entre un adolescente de 15 años y 354 días de vida, y otro que acaba de cumplir 16 años.
La Argentina necesita de manera imperiosa contar con una Ley Penal Juvenil que establezca modos de actuación y sanciones para los adolescentes. Habrá que definir edades, pero no es éste el eje de la discusión
Otros países de Latinoamérica sí cuentan con un régimen penal específico para adolescentes menores de 16 años que cometen delitos graves. En Brasil, por ejemplo, existe desde 1990 un Estatuto de la Niñez y la Adolescencia que establece un sistema de justicia especial para menores de entre 12 y 17 años.
Otros países, como por ejemplo Honduras, Costa Rica, Nicaragua, El Salvador y Ecuador, adaptaron sus legislaciones en este sentido. Si bien en todos los casos, el objetivo es promover el desarrollo e integración del adolescente que delinque, existen penalidades vigentes y adaptadas a estas premisas.
En Uruguay, rige el Código de la Niñez y la Adolescencia, en donde se establece un régimen especial para jóvenes de entre 13 y 18 años. Las sanciones son diferentes a las que se imponen a los mayores, pero existen penas máximas de cinco años para los delitos de mayor gravedad, como por ejemplo el homicidio.
El tema, seguramente, generará un fuerte debate en el momento en que sea tratado en el Congreso de la Nación. Lo importante, al fin de cuentas, es que se discuta, que se escuchen todas las voces y que se adopten las decisiones imprescindibles que la situación amerita. Lo peor que puede suceder es lo que ocurrió hasta ahora. Mirar hacia otro lado de nada sirve.