El Litoral
Permite la incorporación de sus derivados al Formulario Terapéutico provincial. Promueve las investigaciones y estudios para su utilización. Crea una Comisión Reguladora y un Consejo Asesor.
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Ivana Fux - [email protected]
Mediante el decreto Nro. 820 del pasado 20 de abril, el Poder Ejecutivo reglamentó la ley que permite la incorporación de medicamentos a base de Cannabis en el Formulario Terapéutico provincial. Según el texto, se considerarán para la inclusión “aquellos preparados que, orientados al tratamiento de las patologías citadas en la ley, hayan comprobado efectividad terapéutica y una adecuada relación de riesgos y beneficios para los pacientes”.
Respecto de la investigación sobre el uso del medicamento se plantea que dichos estudios, ya sean propuestos en el ámbito de los hospitales públicos, las universidades nacionales o las asociaciones civiles relacionadas con la temática, “deberán ser dirigidos para su evaluación integral por el Comité Provincial de bioética de la Investigación”.
En cuanto al desarrollo y producción pública de preparados medicinales de Cannabis, “se promoverá -dice la reglamentación- su desarrollo y producción, y sus formas farmacéuticas derivadas, a través de los organismos públicos pertinentes en todo el territorio provincial”.
Comisión Reguladora
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud. En ese ámbito, se creará una Comisión Reguladora, como “organismo especial de asistencia técnica y operativa”. Estará integrada por un representante de las Secretarías de Gestión Territorial del Primero, Segundo y Tercer Nivel de Salud; un representante de la Comisión Provincial del Medicamento; uno de la Dirección Provincial de Red de Medicamentos y Tecnología Farmacéutica, uno de la Dirección Provincial de Calidad y Evaluación Sanitaria; uno de la Secretaría de Asuntos Jurídicos y Regulación Normativa; uno del Laboratorio Industrial Farmacéutico; y uno del IAPOS.
Entre las funciones de la comisión se encuentra evaluar los resultados de la investigación clínica local y mundial en la materia; elaborar sobre la base de esos criterios y de manera periódica, las normativas de aplicación; y definir los procedimientos “para la adquisición en tiempo y forma de los preparados medicinales derivados de Cannabis”.
La evaluación de solicitudes y el control de los resultados clínicos estará a cargo de la Comisión Provincial de Medicamentos. La aplicación de los derivados de Cannabis deberá ser considerada materia de estudio “permanente” por la Comisión Reguladora. Las solicitudes médicas -sostiene el decreto- deberán contener criterios con indicaciones específicas y claras, para una correcta evaluación por parte de la Comisión de Medicamentos.
Consejo Asesor
También se prevé la conformación de un Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Canabbis. Tendrá nueve miembros, que representarán a la Comisión Reguladora, a la Defensoría del Pueblo, a los Colegios de Médicos, a los Colegios de Farmacéuticos, a docentes e investigadores de la Universidad Nacional del Litoral, y Nacional de Rosario; a asociaciones civiles vinculadas con la investigación y uso terapéutico de Cannabis, y a las asociaciones civiles de usuarios de dichos preparados. Los dictámenes y opiniones emitidos por dicho Comité “no tendrán carácter vinculante”, pero dichas expresiones deberán encontrarse “suficientemente fundadas, al igual que las opiniones que pudieran existir en disidencia del dictamen de mayoría”.