De la Redacción de El Litoral
El abogado defensor de Germán Lerche planteó tres cuestionamientos a la condena dictada por el Tribunal Oral Federal, por el no pago de 287.553 a la Afip cuando era presidente de Colón.
De la Redacción de El Litoral
Luego de que el Tribunal Oral Federal de Santa Fe dictara la condena a dos años de prisión en suspenso para Germán Lerche, por el no pago de 287.553 pesos a la Afip cuando era presidente del Club Colón, sus abogados defensores Luis Ernesto Rossini y Gabriel Hernando adelantaron que apelarán el fallo y buscarán la absolución de su pupilo en la segunda instancia federal.
“Hay tres elementos importantísimos que la fiscalía no tuvo en cuenta”, aseguró el Dr. Hernando en entrevista con El Litoral. “No hubo retención, no hubo intención y la ley más benigna tiene que ser aplicada. No pueden negarle el derecho a nadie de acogerse a una ley más benigna”, destacó el abogado.
“Nosotros nunca jamás creímos que se podía llegar a dar un supuesto de la condena” reconoció el letrado. “Y a su vez habíamos pedido la suspensión de juicio porque entendíamos que no debía hacerse; si bien no nos fue bien y hasta último minuto se presentó un segundo pedido de cancelación” que tampoco fue concedido por el tribunal.
“Éxito rotundo”
El Dr. Hernando consideró “un éxito rotundo” el resultado del juicio, “porque que una persona mantenga su libertad más allá de la sospecha o no de la comisión de un ilícito, es el bien más preciado”. Además, destacó que en su alegato el fiscal general Martín Suárez Faisal “había pedido tres años de prisión efectiva” lo que implicaba “la posibilidad para Lerche de ser esposado. Y a las tres de la tarde cuando regresamos Lerche estaba por suerte en libertad y se fue caminando a su casa”. Por ese motivo “decimos que desde el punto de vista de la defensa sea un gran logro y por eso estamos muy contentos. Por supuesto que no nos alcanza la alegría, por eso vamos a ir a Casación para que esto se revierta y lograr la absolución de Lerche”.
El Tribunal Oral Federal integrado por los jueces José María Escobar Cello -presidente-, María Ivón Vella y Luciano Homero Lauría, condenó el martes a Germán Lerche por el delito de “apropiación indebida de tributos (Arts. 6 y 14 de la Ley 24.769)” por el no pago de lo retenido a sus empleados en concepto de impuesto a las Ganancias en el período fiscal agosto de 2012.
Durante el debate el propio imputado hizo una pormenorizada defensa que recorrió aspectos formales, pero también se dedicó a repasar su gestión y la realidad de los clubes de la Asociación del Fútbol Argentino de la época. Criticó a jugadores, representantes y hasta a sus antecesores por haber dejado un pasivo millonario por el cual la Justicia no persiguió penalmente a nadie.
Clubes en bancarrota
En síntesis, su defensa sostuvo que “no hay retención indebida, porque la retención se produce cuando vos tenés efectivamente el dinero y lo desviás, no lo depositás o te lo guardas, una cosa diferente es cuando vos no tenés la plata y hacés el acto formal que realiza el contador para no quedar fuera del sistema. Cuestión que no tiene nada que ver en este caso el presidente sino la parte administrativa”.
Para Hernando “el elemento más jugoso e importante son los 35 clubes que estaban en la misma situación” que Colón “y que en ese momento ninguno estaba en condiciones de pagar, porque estaban realmente en bancarrota. Cuando los 35 clubes le piden ayuda a la AFA, le dicen que van a tratar de solucionar este problema a partir de una conversación que se estaba iniciando con Afip de aquel momento. Por lo tanto llegaron a un acuerdo de un pago en cuotas” al que suscribió Colón.
Es cierto que “los tiempos se dilataron y hubo un lapso intermedio entre la presentación (del plan de pagos) y el momento de realización del convenio”, dijo Hernando “pero hay dos elementos fundamentales que no se cumplieron: “el dolo, la intención de retener, el acto deliberado de quedarse con el dinero y no pagar; y por otro lado no tener el dinero para pagar. Entonces no hubo apropiación ni intención”.
Blanqueo de capitales
“El segundo elemento para nosotros importantísimo en este caso es que la nueva ley de blanqueos (de capitales) permite hacer un acuerdo con el Estado, un nuevo convenio de deuda. Esa normativa tiene como beneficio que se suspenden los juicios hasta tanto se pague el 100% de la deuda y en términos reales es mucho más beneficiosa que la moratoria de 120 meses que firmaron con Afip”, enunció la defensa.
Pero hubo un gran inconveniente. Justamente “lo que no podía hacer el ex presidente Lerche era presentarse a la Afip a hacer un nuevo convenio, porque no estaba más como presidente. Entonces, indudablemente corresponde la aplicación de la ley más benigna, (el tribunal y la fiscalía dicen no porque no se presentó ni se acogió a la ley), porque el problema no fue que él no quiso presentarse, el sí quería, pero no lo podía hacer porque no tenía la legitimidad activa para hacerlo”.