El Litoral
Por mayoría, el máximo tribunal rechazó el planteo de una modelo que reclama que se eliminen imágenes de Google.
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Télam
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que la actividad de los buscadores de Internet está amparada por el derecho a la libertad de expresión, por lo que no son responsables por las imágenes que muestran.
Así lo resolvió, por mayoría, el máximo tribunal al rechazar las demandas que la modelo Carolina Gimbutas promovió contra Google Inc., para que se eliminaran sus datos personales e imágenes del motor de búsqueda, además de reclamar el pago de una indemnización en concepto de daños y perjuicios.
La mujer, quien se presentó como un "exitosa modelo que vive de su imagen", sostuvo que Google debía responder por la vinculación de su nombre a resultados de sitios de contenido pornográfico y que fomentaban la prostitución, lo que violaba sus derechos, su intimidad y su honor.
Tal como lo había hecho en el precedente de "Rodríguez, María Belén", la Corte sostuvo que los buscadores de Internet son "meros intermediarios" que se limitan a mostrar contenidos ajenos que se exhiben en otras páginas web.
La mayoría del tribunal, integrada por Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, se pronunció por la confirmación de la sentencia de la Sala M de la Cámara Civil, que rechazó la demanda, al sostener que los buscadores de Internet son responsables solo "cuando no actuaran diligentemente a partir del efectivo conocimiento de la ilicitud" de los contenidos.
La Corte evaluó que el servicio de búsqueda por imágenes constituye una herramienta automatizada para acceder a otras contenidas en páginas de terceros, con el fin de informar al usuario el sitio web en el que se encuentra la imagen original.
Además, consideró que cumplen una función de enlace que no difiere de la que realiza el de textos, ya que no "captan", "reproducen" ni "ponen en el comercio" imágenes, sino que facilitan al usuario online, el acceso a las imágenes obtenidas por otros.
Dentro del voto coincidente, que también firmaron los ministros Rosatti y Highton de Nolasco, Rosenkrantz expuso que "quien consiente que su imagen personal sea alojada en alguna página de Internet, acepta también que los buscadores faciliten al público usuario el acceso a la misma".
En disidencia parcial, el presidente de la Corte Ricardo Lorenzetti y el ministro Juan Carlos Maqueda votaron por revocar el fallo de la Sala M de la Cámara Civil, porque ponderaron que se había utilizado una fotografía de Gimbutas sin su consentimiento, lo que constituyó una "invasión ilegítima" a su intimidad.