Sergio Ferrer
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Desde 2016, existe una propuesta legislativa que impulsa el desarrollo de alternativas para los recolectores informales de residuos.
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En Santo Tomé no existe una ordenanza que prohiba explícitamente la utilización de vehículos a tracción animal en la ciudad. Por eso mismo, se siguen observando carros basureros o chatarreros tirados por caballos, los que generan algún trastorno en el tránsito local, especialmente cuando incursionan por el Puente Carretero.
Ante esta problemática, el bloque del PRO viene insistiendo desde hace más de un año en el Concejo Municipal con un proyecto de ordenanza, en el que solicitan la prohibición de la circulación del transporte con estas características en el territorio santotomesino, con excepción de su participación en desfiles tradicionalistas.
Entre los argumentos de esta propuesta, se recuerda que el uso de vehículos de tracción a sangre fue convirtiéndose en un instrumento de trabajo para los sectores más vulnerables de la sociedad, los que se ven obligados por la pobreza y la desocupación a laborar en condiciones no dignas. En dicho contexto, el bloque liderado por Miguel Weiss Ackerley destaca las ventajas de la erradicación de esta clase de vehículos, a la vez que plantea la necesidad de implementar -mediante un programa de sustitución- su reemplazo por otros, que impliquen el desarrollo de alternativas socioeconómicas para los “recolectores informales de residuos”, quienes se valen de animales para realizar su labor. Y entre esas variantes, se menciona a los “motocarros”.
Registro obligatorio
El problema más serio que acarrea o trae aparejado ese trabajo informal, de acuerdo a los autores de la reglamentación, es que queda fuera del alcance de los beneficios de la seguridad social, así como de los mínimos recaudos de seguridad, higiene y salubridad. En consecuencia, el uso de esos vehículos convierte a la recolección informal de residuos en una tarea riesgosa, para los trabajadores, para el animal y para terceros. Por ende, la legislación propuesta implica la creación de distintos estamentos para superar esa carencia, como por ejemplo el Registro Obligatorio de Recolectores Informales.
Para acogerse a la presente normativa, en dicho registro deberán inscribirse, de manera inexcusable, los trabajadores que a la fecha de su promulgación utilicen vehículos de tracción a sangre animal para realizar sus labores. Allí, no sólo se asentarán los datos personales del propietario del vehículo (quien deberá ser mayor de 18 años y acreditar domicilio en Santo Tomé), sino también el tipo de animal, pelo, marca o señal y las características particulares que permitan su correcta identificación. Sólo quienes estén debidamente inscriptos podrán obtener la habilitación para conducir vehículos de tracción a sangre animal durante el proceso de sustitución.
A los recolectores se le otorgará la respectiva licencia, cuya validez estará supeditada a la duración del período de transición. Al momento de la inscripción, se le extenderá a cada vehículo un número de orden, el que deberá ser expuesto, de manera visible, en la parte trasera del mismo y en ambos laterales. Asimismo, se le otorgará a cada propietario un turno para la realización de la revisión técnica del vehículo y sanitaria del animal. Una vez superada esta etapa transitoria, se les ofrecerá la posibilidad del reemplazo por un vehículo impulsado a tracción motora o “motocarro”.
Detalles
Para el período de transición, la ordenanza propuesta prohibe la circulación de equinos desnutridos, enfermos, lastimados, hembras en estado de preñez, cualquiera sea su tiempo, o que no tengan el porte y peso adecuado para ser utilizados en la tracción a sangre (los límites de peso y edad serán establecidos por la autoridad de aplicación). También queda prohibido el uso del látigo o algún elemento similar que ocasione dolor, maltrato y castigos innecesarios al animal, así como la circulación de caballos sin herraduras o colocadas en forma incorrecta.
Proceso de transición
En el marco de la implementación de la normativa que prohibe el uso de la tracción a sangre, se ofrece el reemplazo del equino por un vehículo impulsado a tracción motora, sugiriéndose aquellos con características de “motocarro”. El costo de este último estará a cargo del adquiriente, para lo que se establecerían diversas modalidades de pago, las que serán evaluadas en cada caso en particular (según la situación económica del mismo), pero considerándose como pago parcial, hasta por el 50% del valor del motocarro, la entrega voluntaria del equino. Quienes no quieran acogerse al beneficio que conlleva la entrega voluntaria, podrán conservar el animal pero sin poder afectarlo más a la tracción de un vehículo.
En este contexto, la Municipalidad de Santo Tomé realizará cursos de educación vial y de mecánica, que estarán destinados a quienes opten por la sustitución. Igualmente, brindará asesoramiento a fin de que los trabajadores que así lo deseen se constituyan en cooperativas de trabajo, donde organicen el acopio, el almacenamiento y la venta de lo recolectado. Asimismo, los sujetos inscriptos en el Registro Obligatorio de Recolectores Informales serán reconocidos como “agentes de reciclaje”, comprometiéndose el municipio a calificar dicha circunstancia como antecedente comprobable al momento de surgir vacantes de empleo en la recolección de residuos municipales.
La importancia de esta propuesta radica, fundamentalmente, en que en la ciudad de Santo Tomé no existe una ordenanza que prohiba de manera explícita la utilización de vehículos a tracción animal. Desde agosto del año pasado, el proyecto se encuentra bajo estudio de las cuatro comisiones internas del Concejo Municipal.