Fuente: Prensa Cleri
“Siempre hay que priorizar la salud y la calidad de vida de la gente”
Fuente: Prensa Cleri
“Creemos que siempre hay que priorizar las políticas de salud y la calidad de vida de la gente, por eso pedimos que se trate cuanto antes este proyecto de ley para una atención integral a personas con cardiopatías congénitas”, dijo hoy Marcos Cleri, quien destacó que “se trata de una excelente iniciativa de la diputada de nuestra provincia Silvina Frana, que ya cuenta con respaldo de las comisiones de Acción Social y Salud Pública y de Presupuesto y Hacienda”.
“Inexplicablemente, no se trató en la Comisión de Presupuesto, que también preside un diputado santafesino, del bloque de Cambiemos. Por eso estamos pidiendo sensibilidad y responsabilidad, para que este proyecto, que establece incorporar las ecocardiografías fetales para todas las embarazadas y otras acciones de prevención y atención al Programa Médico Obligatorio, se pueda aprobar y comenzar a aplicar lo más rápido posible”, subrayó Marcos Cleri.
La iniciativa cuya aprobación se reclama prevé la creación del Programa de Protección Integral de Personas con Cardiopatía Congénita en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación. Y en ese marco incorpora “como estudio de rutina obligatorio para todas las mujeres embarazadas entre las semanas 18 y 24, como primer nivel de detección, la evaluación cardíaca fetal”, señalando que “deberá garantizarse cobertura total de la atención en salud pública y privada”.
También prevé que los nacimientos de bebés con cardiopatía congénita sean programados “en un centro con el nivel de complejidad necesaria para el manejo de la patología”, exámenes en el período perinatal, “un protocolo de evaluación cardiológica para la realización de prácticas deportivas de alta competencia” y una “evaluación continua” de las personas afectadas.
A la vez, el proyecto propicia la participación “de asociaciones de personas con cardiopatía congénita y sus familiares en la formulación de políticas, estrategias y acciones relacionadas con dichas problemáticas”. Y establece “la licencia por enfermedad a toda persona con cardiopatía congénita y a los padres de los pacientes menores de edad, tanto en el ámbito público como en el privado, para realizarse estudios, tratamientos o rehabilitación inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud”.