Redacción El Litoral
Como cada año, el Poder Ejecutivo Provincial define los mensajes con observaciones parciales y rechazos completos a normas votadas por la Legislatura.
Redacción El Litoral
La Casa Gris tiene definidos no menos de 12 mensajes de veto -de carácter parcial y total- sobre leyes que aprobaron diputados y senadores durante la última sesión, antes de la finalización del período ordinario de sesiones de 2017.
En su mayoría, se trata de normas por las que los legisladores han creado instituciones educativas en distintos departamentos, que para Educación no cuentan con la matrícula potencial que las justifique.
La creación de escuelas en los departamentos San Lorenzo y San Justo fue vetada de manera total, ya que el Ejecutivo considera que no hay en las localidades involucradas la demanda escolar para esas inversiones.
Además, otros vetos de carácter parcial tendrán lugar en los próximos días, según lo que se informó de manera oficial.
Fechas
La Constitución de Santa Fe establece que “queda convertido en ley todo proyecto sancionado por ambas Cámaras si, comunicado al Poder Ejecutivo, éste no lo devuelve observado dentro del plazo de diez días hábiles”.
La sanción de las normas cuestionadas por el Poder Ejecutivo se produjeron el 30 de noviembre del año pasado. Sin embargo, el gobernador tuvo tiempo para revisarlas hasta el 29 de diciembre, cuando se rubricaron los respectivos vetos, que aún no fueron publicados en el Boletín Oficial.
Los plazos se estiraron porque el profuso paquete de más de medio centenar de leyes, aprobado durante la última sesión ordinaria, antes de diciembre, fue comunicado al Ejecutivo con una considerable demora, producto de las correcciones necesarias sobre normas aprobadas en una sesión maratónica.
Rotundo no a cambiar los procedimientos para las adopciones
Armando Traferri, el senador por San Lorenzo que preside el bloque mayoritario del justicialismo, lamentó la decisión del Poder Ejecutivo Provincial de vetar los cambios aprobados por ambas Cámaras que buscan agilizar el procedimiento que deben seguir los jueces para las adopciones.
El legislador del PJ es el autor de la norma que aprobó primero el Senado, en junio de 2017 y luego Diputados, el 30 de noviembre del año pasado, durante la última sesión de Período Ordinario.
Traferri dijo que le hubiera gustado poder explicar los motivos por los que se obliga a contar con información más actualizada en los juzgados o al menos, “conocer las razones por las que el Ejecutivo entiende que la ley no es buena”.
Los cambios modifican el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos, Ruaga.
Traferri confirmó que aún no cuenta con información oficial respecto del veto, pero confió que ya se le había adelantado -de manera informal- esa decisión.
La norma sancionada por unanimidad en ambas Cámaras modifica el artículo 15º de la Ley Nº 13.093, y dispone que “el magistrado que haya declarado la situación de adoptabilidad de una niña, niño o adolescente, tendrá acceso en forma directa al Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos perteneciente a su Delegación.
“En caso de que no hubiere inscriptos, deberá requerir los Registros de otras Delegaciones”.
“La copia certificada de la nómina de aspirantes deberá ser entregada al juez competente dentro del plazo máximo de tres (3) días corridos de efectuado el requerimiento.
El incumplimiento será considerado falta grave y hará pasible en su caso, de las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar”. Y además: “Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, el registro comunicará trimestralmente las nóminas de aspirantes a todos los juzgados en la materia”.