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Sin reglamentación o con ese trámite cumplido en forma parcial, se demora su entrada en vigencia. Prevención del suicidio, abordaje de personas con autismo, bullying y uso medicinal del cannabis en la lista.
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En los primeros días de julio, la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado de la Nación, presidida por el senador por Catamarca Dalmacio Mera, dio dictamen a una serie de pedidos al Poder Ejecutivo para que reglamente de forma urgente leyes ya aprobadas, como la de Prevención del Suicidio (Ley Nº 27.130) y la de Abordaje Integral de las Personas con Trastornos del Espectro Autista (Ley Nº 27.043).
Ambas normas, sancionadas en 2015 y 2014 respectivamente por el Congreso de la Nación, aún no pueden ser puestas en funcionamiento por su falta de reglamentación, potestad del Poder Ejecutivo Nacional y último paso para que una ley nacional tenga aplicación efectiva.
De la ley sobre autismo, el senador Mera consideró que “luego de tres años de promulgada, resulta imperioso contar con su reglamentación en el menor tiempo posible, ya que es justamente el tiempo la mejor herramienta con la que contamos para detectar y tratar con el mayor éxito los casos de TEA (Trastornos del Espectro Autista) en nuestros niños”.
La norma, producto de un trabajo activo e invalorable de organizaciones de padres y familiares de personas con autismo de todo el país, y que contó con el apoyo de las asociaciones médicas de la Argentina, prevé el abordaje integral y multidisciplinario del tema, y obliga a los prestadores médicos a brindar servicio de salud en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de las personas con TEA.
Sobre la ley de prevención del suicidio, que estipula un abordaje integral en prevención, asistencia, capacitación y cobertura, el senador catamarqueño afirmó que “existen datos preocupantes que demuestran la necesidad de políticas de Estado que se traduzcan en planes de acción inmediata. Desde hace 15 años la tasa de suicidios en el país es más alta que de la de homicidios, y se da mayormente entre los jóvenes de 15 a 24 años”.
Más ejemplos
Por su parte, con la firma de María Ayuso y Evangelina Bucari y bajo el título “Leyes dormidas: podrían salvar vidas, pero aún no están reglamentadas”, el matutino La Nación publicó este lunes un informe sobre esas y otras normas, como la de uso medicinal del cannabis, que todavía no pueden ser plenamente aplicadas.
“Las necesidades que les dieron origen fueron escuchadas por el Poder Legislativo, pero hasta el momento el Ejecutivo no hizo su parte, con incumplimientos que no distinguen banderas políticas y que, a veces, incluso atraviesan distintas gestiones de gobierno”, señala el informe. Así, “la inexistencia de un decreto que reglamente los procedimientos específicos para la ejecución, una reglamentación parcial que no se condice con el espíritu original de la normativa o la interpretación inadecuada hecha por los funcionarios a cargo son algunos de los obstáculos más frecuentes”.
En ese marco, reseñan que:
- En 2013 se sancionó la ley 26.892 para la promoción de la convivencia y el abordaje de la conflictividad social en las instituciones educativas, conocida como “ley contra el bullying” que se cumple en algunas provincias y en otras no.
- La ley 27.364 creó el programa de egreso asistido para jóvenes mayores de 18 años sin cuidados parentales, “que brinda herramientas para la construcción de su independencia” en aspectos vinculados con la salud, educación, empleo y vivienda. La reglamentación no fue firmada todavía por el presidente y no están disponibles los fondos para su aplicación en las provincias.
- En 2014, la ley 27.064 estableció disposiciones generales para la regulación y supervisión de instituciones de educación no incluidas en la enseñanza oficial, en particular jardines maternales y de infantes de gestión privada que funcionan por fuera del Ministerio de Educación. Faltan instrumentos normativos y presupuestarios para facilitar su aplicación.
- Hace muy poco, en 2017, se sancionó por unanimidad la ley 27.350 de uso medicinal de cannabis que tuvo luego una reglamentación parcial. “La mala interpretación del artículo 8‘ hizo que en lugar de un registro voluntario para autocultivar por razones médicas creen el Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis para dar el aceite que gestiona la Anmat, solo para quienes padecen epilepsia refractaria”, aclara para La Nación Valeria Salech, fundadora de Mamá Cultiva.
En lo formal la reglamentación sigue varios pasos. “Cada área específica que entiende del tema en cuestión elabora un proyecto, que luego pasa a la Secretaría Legal y Técnica para una revisión. Solo entonces está listo para ser firmado por el Ejecutivo”. “La decisión política siempre es del Presidente”, destaca el constitucionalista Daniel Sabsay, consultado para este informe.
Sin embargo, es posible que un juez aplique una ley directamente, tal como sucedió recientemente en Neuquén en relación con el uso medicinal del cannabis. Allí, “una magistrada de Viedma autorizó a una familia a cultivar la planta para realizar el preparado que necesitaba un niño con síndrome de Tourette”. Meses atrás, en Salta, un juez federal aceptó el amparo de autocultivo para tratar a un chico de 6 años con trastorno neurológico.
Desde hace 15 años la tasa de suicidios en el país es más alta que la de homicidios, y se da mayormente entre los jóvenes de 15 a 24 años”.Dalmacio Mera. Senador nacional (Catamarca).
Reglamentar es todo aquello que completa la redacción de una ley y que permite que se aplique, por ejemplo, si hay que crear un organismo o si hay que establecer un determinado mecanismo para acceder a algo”.Daniel Sabsay. Constitucionalista (para La Nación)
Con información de Parlamentario.com/La Nación.