Desde la Institución hacen hincapié en que el Código Penal prevé una pena de prisión con un mínimo de 15 días y un máximo de 1 año, para quienes ejercieren actos propios de una profesión para la que se requiere habilitación especial, sin poseer título o la autorización correspondiente.
El control de la legalidad del ejercicio profesional es uno de los cometidos previstos por la ley desde el Consejo Profesional, en resguardo de los usuarios de los servicios que presta el Consejo, a la vez que garantiza a todos los profesionales matriculados, condiciones igualitarias y justas en el desarrollo de su actividad.
Para poder efectivizar el control por parte de la comunidad, la Institución brinda la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda consultar a través de la web www.cpn.org.ar el número de matrícula o DNI y de forma inmediata poder conocer si el profesional se encuentra habilitado para el ejercicio legal de la profesión.
En el caso de detectar irregularidades o situaciones de ilegalidad en el ejercicio de la profesión. se pueden presentar denuncias, las que ingresan para tratamiento de la Comisión de Vigilancia Profesional, inclusive las anónimas, en la Sede de la ciudad de Santa Fe, San Lorenzo 1849, y en las Delegaciones de Rafaela, Reconquista y Sastre.