Pensiones a excombatientes
Antecedentes y números
Uno de los artículos votados ayer dispone abrogar una serie de normas anteriores referidas a los ex combatientes de Malvinas cuyo referencia más antigua es la ley Nº 9.021 de junio de 1982 dictada por el gobierno de facto prescribiendo una serie de derechos especiales, asistencia de Iapos por afecciones psicofísicas, sin cargo y preferencia para el ingreso a la administración pública.
Durante el gobierno de Víctor Reviglio, se dictó la ley 10.388 que fijó prioridad en la obra social provincial y dispuso la adjudicación de viviendas del Fonavi a los ex soldados casados o con cargas de familia.
Durante la primera gestión de Jorge Obeid se dictó la ley Nº 11.586 que dispuso una pensión vitalicia, compatible con otros ingresos y la cobertura médica asistencial del Iapos. También se dictó la ley Nº 11.646 que autorizó a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo a dictar la resolución cancelatoria de pago y otorgar la escritura traslativa del dominio.
Ya durante la segunda gestión de Obeid, la ley 12.466 extendió la pensión a toda persona civil o militar que participó en acciones bélicas en el teatro de operaciones, comprendiendo los embarcados en el crucero General Belgrano. Por último, la 12.630 dispone que la afiliación al Iapos de los integrantes del grupo familiar primario de los ex combatientes sea sin costo.
En números
2.400 pesos es el nuevo valor de la pensión, ya que hoy la pensión mínima en la provincia fue fijada en 800 pesos. No obstante, el gobierno anunciaría en días más un nuevo valor mínimo.
831 beneficiarios tiene la pensión, lo que implicará una erogación mensual de 1.994.000 pesos.
178 veteranos son agentes públicos y a los 45 años, con veinte años de servicios computables, la mayoría en el Estado, podrán acogerse al beneficio jubilatorio.