La Corte Suprema ratificó la condena a 18 años de cárcel para un hombre que violó a su hijastra durante más ocho meses, y para la madre de la víctima, a 12 años, por tolerar la situación.
El fallo, firmado por los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, RaúlZaffaroni y Carmen Argibay, rechazó una última apelación presentada por Jorge Antonio Mansilla y su pareja, cuya identidad permanecerá en reserva para preservar a la menor.
Hace dos años, el Tribunal Oral 5 de la Capital Federal había dictado las condenas por “abuso sexual simple reiterado y abuso sexual agravado por mediar acceso carnal reiterado”.
Estableció que ambos delitos eran “agravados por hallarse encargado de la guarda y por haberse aprovechado de la situación de convivencia con una menor de 18 años de edad, en concurso real entre sí y en concurso ideal con el delito de promoción a la corrupción agravada por mediar violencia, amenazas, engaño, por ser la víctima una persona conviviente y por hallarse bajo su guarda”.
Según se desprende del fallo, la niña había sido abandonada por su madre, quien “la regaló” junto con un hermano menor, pero por iniciativa de la pequeña la progenitora la fue a buscar y la llevó a vivir con ella, su actual pareja y los dos hijos de ambos.
El fallo describe que la madre “la maltrataba, le gritaba y la golpeaba habitualmente provocándole lesiones, a veces con un cinturón o con la mano, particularmente cuando no realizaba las tareas domésticas que le eran encomendadas, ya que le habían encargado ‘hacerse cargo de la casa’ pese a su corta edad”.
A poco de vivir todos juntos en una diminuta pieza de la calle Melo al 400, de esta Capital, comenzaron los abusos por parte del padrastro, que la madre desoyó pese a que la niña le advertía: “mami, su marido me hizo esto, me tocó esto”.
El 20 de agosto de 2006, cuando Mansilla cumplía años, se produjo la primera violación, y desde allí hasta que la pequeña se fugó, en marzo de 2007, los abusos se hicieron casi cotidianos.
Los jueces Adrián Pérez Lance, Fátima Ruiz López y Rafael Oliden tomaron en cuenta un informe psicológico sobre la menor que muestra que las violaciones incidieron “alterándola psíquicamente en las esferas sentimental y sexual” y “también por la vinculación de la conducta sexual a la obtención de beneficios económicos”.
En cuando a la madre, el tribunal consideró que “su condición le imponía actuar de otra manera. En especial, teniendo en cuenta que, como relató en la audiencia, ella y una hermana suya habían sido objeto de abusos sexuales por parte de su padre cuando eran niñas”.
Fuente: DyN