El gobierno reglamentó el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casa Particulares, establecido por la Ley 26.844, y creó un servicio de conciliación obligatoria, como instancia previa a eventuales reclamos laborales.
La norma indica que los empleadores que tengan personal doméstico que trabaje 32 horas semanales o más deberán abonar la remuneración correspondiente a través de cuentas sueldo abiertas en instituciones bancarias y contratar la cobertura de una aseguradora de riesgo de trabajo (ART).
También se establece un régimen de vacaciones para los empleados de casas particulares y se prohíbe que trabajen los menores de 16 años, en tanto que los menores de 18 años deberán contar para hacerlo con autorización de los padres o tutores.
Por otra parte, se establece que “el empleador no podrá valerse del período de prueba” para una situación de eventual despido “cuando no se haya registrado la relación laboral”.
Se fija en seis horas diarias la jornada laboral, la cual no podrá realizarse, en ningún caso, en horario nocturno, entre las 20 y las 6.
El apoderado de la Unión Personal de Auxiliar de Casas Particulares, Carlos Brasesco, destacó como “un logro” el decreto que reglamentó la ley que regula el trabajo en casas particulares, y subrayó que “se concretó la normativa que ampara y cubre los derechos” de las trabajadoras.
“Hoy las trabajadoras domésticas tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier trabajador”, remarcó Brasesco, quien precisó que “tienen derecho por día de estudio, maternidad, obra social y cobertura de ART”.
Respecto de la cobertura a través de una ART, Brasesco puntualizó que “el decreto establece que resta efectuar una reglamentación por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) en coordinación con la Afip (Administración Federal de Ingresos Públicos) para los aportes que se efectúen”.
“Todavía no está plenamente operativo en tanto se concrete esto. No puedo dar una estimación, el decreto no lo dice, pero estimamos que no se va a extender en el tiempo mucho. Es lógico que en un corto plazo estén dictadas estas normativas”, aclaró el dirigente gremial.
De todos modos, subrayó que “la ART no es opcional, es obligatoria”, y en cuanto al costo de la misma, indicó que “se va a fijar en base a la cobertura integral que el seguro de riesgos va a dar”.
Advirtió que a partir de ahora “el empleador va a tener que responder si el trabajador no está cubierto”, y consideró que “ya no hay justificación para no tener en blanco al personal doméstico”.
Brasesco sostuvo que “se calcula que un millón de trabajadoras domesticas, un 65 por ciento, está en la informalidad, es decir, en negro”.