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Lunes 12 de mayo de 2008 | Santa Fe - Argentina    
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Defensoría del pueblo
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Gabriel Pagnotta preguntó el Miércoles 29 de setiembre de 2004:

He recibido una multa de la comuna de Hughes, en teoria yo pasaba a 68 km/h, lo que tengo entendido es que la primera multa recibido segun nuestra ley provincial, es que un apercibimiento y la segunda recien ahi corresponde una multa, el estudio de abogados Couso, me esta llamando practicamente todos los dias para que les pague o arregle, quisiera saber si Uds saben de alguna cuestion legal que me ayude a sacarme a estos abusadores de encima. Saludos y espero su pronta respuesta

A lo que se respondió:

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Guillermo Javier Gaete preguntó el Martes 28 de setiembre de 2004:

Con referencia a uso de los radares (manuales) que miden la velocidad:
¿Existe alguna jurisprudencia que desvirtue el uso de estos aparatos?
¿Dónde puedo encontrar este tipo de información?

A lo que se respondió:

Se la remitimos a su correo personal.

ricardo Doval preguntó el Sábado 25 de setiembre de 2004:

Sres de Defensoria del Pueblo-Sigo esperando noticias de la Caja de Jubilaciones.-Desde el año 1997,mi expediente sigue inviccto,en la oficina de Liquidacion y computos...y todo se inicio en el año 1986...y les recuerdo que el 30/9/2004,cumplo mis primeros 84 años...Mi e-mail 1905colon@arnet.com.ar.-Ayuden me a seguir esperandp.-GRACIAS.-

A lo que se respondió:

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Gerardo Hoffmann preguntó el Jueves 23 de setiembre de 2004:

Quería saber si estas "fotomultas" tienen algún vencimiento y/o prescriben luego de un tiempo, y en ese caso cuanto?
También si la notificación debe ser fehaciente, o sea haberla recibido y firmada en mano del cartero; o bien si la encontré tirada en mi jardín, luego de un tiempo, ¿si tiene validez como notificación?
Desde ya, muchas gracias, los Saludo atte. Gerardo.

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vicente cambareri preguntó el Martes 21 de setiembre de 2004:

Recibi despues de un año y medio , una notificacion por una infraccion de transito de la municipalidad de Venado Tuerto (Vel Max 80 Km/H - y circulaba segun ellos a 86 Km/H).
No me presente para hacer el descargo pues Yo vivo en BsAs.
Que debo hacer.

A lo que se respondió:

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Martin Salvador preguntó el Martes 14 de setiembre de 2004:

Le comento que en el dìa de la fecha recibì un acta pòr exceso de velocidad de la comuna de Correa-
El problema es que fue enviada a mi antiguo domicilio en BsAs y yo hace mas de un año vivo en la Pcia de Cordoba.
El vencimiento para el pago fue el 28/06/04 y desearia pagarla, ya que la maxima es 60Km/h y el radar marca 105km/h.
Que deberia hacer para poder pagar esta infraccion ?
Agradezco su atencion.

msalvador@arnet.com.ar

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pablo quintairos preguntó el Martes 14 de setiembre de 2004:

Hola; recibí dos multas fotográficas por exceso de velocidad de la Municipalidad de Estancia Grande, Entre Ríos, y quisiera saber si la legislación de esa provincia autoriza este tipo de multas, si el radar está habilitado y, en caso de que ambas respuestas sean afirmativas, si no procede un apercibimiewnto en el caso de la primera multa en lugar del cobro de la sanción. Muchas gracias y felicitaciones por el diario

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Mariano Rodriguez preguntó el Jueves 09 de setiembre de 2004:

Hola,

Me llegaron 3 mutas por exceso de velocidad en Hughes y Av Lagos Venado Tuerto, con una diferencia horaria de 20 min. Las dos primeras nunca recibi las foto, solo ma llego una intimacion de pago por 6 y por 6.
Alguien puede decirme como debo proceder? si tengo que pagar o no? y si esto es legal?

Muchas gracias

A lo que se respondió:

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Roberto Rodriguez preguntó el Lunes 30 de agosto de 2004:

Quisiera saber como hacer valer mis derechos como NO FUMADOR, y lograr que la Municipalidad de la Ciudad de Santa Fe APLIQUE LA ORDENANZA RIAÑO SOBRE SECTORES FUMADORES Y NO FUMADORES EN BARES Y RESTAURANTES.

A lo que se respondió:

Estimado señor: no sólo existe una ordenanza municipal, está vigente la ley provincial 10855 que prohibe también fumar en las reparticiones públicas. Por lo tanto, como en tantas otras cosas en esta ciudad, provincia y país, no es que falten normativas, es que no se cumplen y los organos de aplicación tampoco las hacen cumplir ni aplican las sanciones pertinentes. Defensoría del Pueblo de Santa Fe.

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