Teléfonos: (0342) 457-3333/34 |
Horarios de atención:
Lunes a Viernes de 07.30 a 12.30 hs. y 13.30 a 15.30 hs.
LEY 17671. Art. 30: "Quedan exentos de pago los organismos públicos, personas que presenten certificados de pobreza e instituciones de beneficencias.
Dirigirse a la Seccional del Registro Civil correspondiente a su zona.
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