La norma sancionada tiene 8 puntos, el primero de los cuales faculta la emisión de títulos públicos por hasta 93 millones de pesos para atender los reclamos. La diferencia entre el monto total de cada uno de los acuerdos menos la suma cancelada con títulos será abonada en efectivo, en 10 cuotas bimestrales, iguales y consecutivas, a partir de enero de 2011. Se estima que son unos 20 millones de pesos los que deberá desembolsar el Estado en dinero contante y sonante.
Los bonos de cancelación de deudas (Bocade) serán amortizables en 16 cuotas trimestrales, iguales, fijas y consecutivas, a partir de junio de 2011, con un interés anual del 12 %, con cotización en el mercado secundario de las bolsas de Comercio de Santa Fe y Rosario, que podrán ser aplicables al pago de impuestos provinciales con vencimiento anterior al 31 de diciembre de 2007.
En otro artículo se deroga la ley Nº 9561 y los montos adicionales creados por dicha norma podrán seguir liquidándose como suma fija o ser absorbidos por otros adicionales o rubros del salario, total o parcialmente, según disponga el Poder Ejecutivo al fijar la política salarial.