Rechazaron el recurso contra la sentencia que absolvió a Crespo
La Sala IV de la Cámara de Apelación en lo Penal rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la sentencia absolutoria que ese mismo tribunal había dictado en favor del ex ejecutor fiscal, Elvio Salvador Crespo, quien había sido condenado en primera instancia por 544 estafas.
El Tribunal integrado por los Dres. Julio de Olazábal, Daniel Amadío y Elbio Franchini consideró que no se violó la exigencia de "motivación suficiente" que debe acompañar a todo fallo judicial, tal como lo señala el artículo 95 de la Constitución provincial.
Así, desestimó el argumento de arbitrariedad esgrimido por el fiscal de Cámara como causal del recurso de inconstitucionalidad planteado.
La Justicia cierra así la investigación penal realizada en torno a la actuación de Elvio Salvador Crespo como ejecutor fiscal de la provincia, causa que también involucró a su secretaria, Mónica Estela Casanova y a la pareja de ésta Raúl Alberto Deicas.
Estos últimos -también condenados en primera instancia- no lograron obtener una sentencia absolutoria, aunque sí consiguieron una considerable disminución en los hechos que se les atribuyeron.
De esta forma, Casanova -que trabajaba en el estudio del Dr. Crespo- y Deicas -que se ocupaba de algunos trámites- fueron hallados culpables de estafar a 35 contribuyentes, en lugar de 544 como decía la condena primigenia, dictada por el juez en lo Penal de Sentencia de la Segunda Nominación, Alejandro Echarte.
Echarte había considerado culpable a Elvio Crespo como partícipe principal de los delitos de estafas reiteradas y uso de documento público falso reiterado.
Luego, la Cámara de Apelación -que hoy rechaza el recurso de inconstitucionalidad- no compartió tal decisión, reconociendo que "no se ha logrado la certeza necesaria para condenar a Elvio Crespo", considerando que las pruebas de cargo en su contra son "altamente dubitativas, o bien han sido idóneamente rebatidas por el nombrado y su defensa técnica".
La investigación judicial había comenzado en 1992, cuando se detectaron irregularidades en los pagos de más de quinientos convenios suscriptos por contribuyentes en el estudio de Crespo, quien por entonces se desempeñaba como ejecutor fiscal.
Los pagos recibidos en sus oficinas no habían sido ingresados a las arcas del Estado, en tanto que se colocaba un sello falso en los comprobantes extendidos a quienes concurrían, de buena fe, a saldar sus deudas con el fisco.
Según se comprobó, Casanova se encargaba de recibir el dinero de los contribuyentes por deudas fiscales que dejaban en el estudio para que se les abone en el banco, realizaba gestiones para la formalización de los convenios, y posteriormente entregaba la boleta con el sello falso estampado en ese documento.
Su concubino, Deicas, colaboraba con los trámites y gestiones necesarios para formalizar los convenios, cobrar las cuotas, entregar los recibos y negociar los cheques que recibía en pago.