El Estado actualizó los montos para compras y contrataciones
Después de once años se modificaron las cifras. Hasta 3.500 pesos podrán adquirir en forma directa

El Poder Ejecutivo, mediante un decreto, modificó los montos para las tramites de compras y contrataciones que realiza el Estado. La nueva disposición, con fecha 3 del corriente, pero publicada ayer en el Boletín Oficial autoriza a compras directas hasta la suma de 3.500 pesos; concurso de precios hasta los 12.000 pesos; licitación privada por montos de hasta 24 mil pesos y para cifras superiores se deberá poner en marcha la licitación pública.

La dirección provincial de Contrataciones y Suministros inició el trámite de adecuación respectivo teniendo en cuenta que los valores anteriores habían sido fijados en el decreto 817 del 21 de abril 1993.

La solicitud "encuentra basamento en la pérdida de representatividad de los montos de tramitaciones de gestiones de compras o contrataciones a partir de la derogación parcial de la ley de Convertibilidad, como así también de los montos relacionados a la delegación de atribuciones en niveles jerárquicos subordinados al Poder Ejecutivo y montos de erogaciones para gastos de funcionamiento", dice la resolución.

Para la actualización de los montos se utilizó el índice de precios internos al por mayor para los meses de abril de 1990 a mayo del presente año.

La nueva norma dispone que toda compra o venta por cuenta de la provincia, como asimismo toda convención sobre locaciones, arrendamientos, trabajos o suministros, serán efectuadas en forma directa hasta 3.500 pesos: en base a un concurso de precios hasta 12 mil; licitación privada hasta 24 mil y por más de esa cifra utilizando el sistema de licitación pública.

Autorizaciones

Otro artículo del decreto determina los funcionarios que deben refrendar las contrataciones. Hasta la suma de 24 mil será aprobada por los directores generales de Administración; director provincial de Contrataciones y Suministros; jefe de Policía; director general del Servicio Penitenciario; delegado del gobierno en Capital Federal, director general de Programación Económica Financiera del Ministerio Coordinador; director general de Aeronáutica; director general de Movilidad del Ministerio Coordinador o su equivalente funcional en otras jurisdicciones, con nivel no inferior a director general.

En cambio, hasta los 60 mil pesos, deberán firmar los ministros, secretarios de Estado, fiscal de Estado y autoridades máximas de organismos descentralizados y entes autárquicos que para una contratación de hasta 120.000 pesos deberán contar con la firma del ministro de Hacienda y Finanzas.

Por encima de esa cifra, el encargado de aprobar será el Poder Ejecutivo, mediante decreto refrendado por el ministro del ramo y el de Hacienda y Finanzas.

Excepciones y requisitos

En otros artículos el decreto establece una serie de excepciones y los fundamentos que se deberán esgrimir.

El concurso de precios deberá realizarse con un mínimo de tres cotizantes de proveedores inscriptos en el registro oficial y en el caso de licitación privada se deberá contar con cinco ofertas.

Por último, el decreto amplía hasta mil pesos el monto que están autorizados a invertir los jefes de las reparticiones por intermedio de sus respectivas habilitaciones con destino a gastos de funcionamiento. "Este monto podrá ser ampliado hasta en un cincuenta por ciento por resolución expresa y fundada del titular jurisdiccional, basada en estrictas y justificadas razones de servicio que lo hagan aconsejable en virtud de las necesidades propias de funcionamiento de los organismos que requieran dicha ampliación".