Polémica sobre los datos informáticos

La obligación para las empresas proveedoras de Internet -al igual que las de telefonía- de conservar registros de las comunicaciones de sus usuarios generó, en los últimos días, una polémica de importancia a nivel nacional, una serie de presentaciones judiciales para impedir su aplicación y, finalmente, el anuncio del gobierno de la suspensión de su puesta en práctica, hasta tanto se analicen las modificaciones eventualmente necesarias.

El fundamento de la ley 25.873 y su decreto reglamentario se asienta en facilitar las investigaciones de cierto tipo de delitos -particularmente, secuestros extorsivos y narcotráfico-, que en alguna medida se canalicen a través de las líneas telefónicas o conexiones informáticas. Pero la advertencia de que estas acciones involucran también el acceso a los contenidos de las comunicaciones privadas provocó una catarata de reacciones, en defensa del derecho a la intimidad y el principio de la presunción de inocencia.

En realidad, la ley es de diciembre de 2003. Y en noviembre pasado se dictó el controvertido decreto reglamentario, cuyos términos al menos confusos habrían llevado a desvirtuar el propósito original, que se limitaba al archivo y eventual chequeo de los datos de tráfico. Esto es, direcciones y sitios web que se visitan y duración de los contactos, en términos similares a los registros que actualmente llevan las compañías telefónicas.

El primer planteo contra esta normativa surgió de la organización que nuclea a las empresas proveedoras de Internet y tuvo más que ver con el costo que se les imponía, que con el resguardo de la privacidad de sus clientes.

Por el contrario, en un reciente seminario realizado en la ciudad de Rosario, jueces y fiscales de todo el país coincidieron en la importancia de contar con una herramienta de ese tipo, aunque consideraron aconsejable algún tipo de corrección en el texto, para despejar cualquier duda sobre la protección de la intimidad e impedir cualquier avance sobre los contenidos de las comunicaciones. También entendieron que el plazo de diez años es excesivo y resulta de cumplimiento imposible para muchas empresas.

Para complicar aún más el análisis, la cuestión fue tratada en una reunión realizada a mediados del año pasado, en la cancillería argentina, donde funcionarios de las agencias gubernamentales de investigación de los EE.UU. se mostraron partidarios de una política global de control de las comunicaciones.

El sigilo con que la ley fue aprobada en el Congreso Nacional, la falta de difusión sobre los términos y alcances del decreto y la confusión resultante del choque de diversos tipos de intereses, generó un clima conflictivo que sepultó las posibilidades de un debate serio y responsable sobre la conveniencia de un régimen de ese tipo y los alcances que debería tener. El paso atrás del gobierno, incapaz de justificar la medida propiciada con la debida transparencia y solidez argumental, no hizo más que empeorar las cosas. Todo lo cual, aplicado a actos de vital trascendencia para los propósitos del Estado y los derechos básicos de los ciudadanos, desemboca inevitablemente en sospechas conspirativas o certezas de inexcusable improvisación.