La destitución de Ibarra
La destitución de Aníbal Ibarra por la Sala Juzgadora de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se realizó respetando los procedimientos contemplados por la ley y como consecuencia del voto de un amplio arco ideológico de legisladores, que iba desde la derecha a la izquierda. Precisamente el carácter pluralista de la votación se constituye en una garantía de que la decisión no fue el producto de manipulaciones hechas en la trastienda o la compra de votos -o conciencias-, como se denunció hasta el cansancio mientras se desarrollaba el juicio.
Lo realizado no puede ser calificado, entonces, como un golpe constitucional, la imprudente consigna que empleó el ibarrismo para cuestionar el juicio político, salvo que alguien suponga que este procedimiento reconocido por la ley sea una figura golpista. Es probable que desde el punto de vista teórico quede pendiente un debate acerca de la oportunidad del juicio político a Ibarra, en tanto existen algunos puntos que han dado lugar a ambigüedades que no son menores. Pero lo que está fuera de discusión es que los procedimientos fundamentales se respetaron al pie de la letra y los imputados gozaron de todas las garantías establecidas por la ley.
Los votos de los legisladores a la hora de definir la destitución debieron ser fundamentados ante la opinión pública y cada uno de ellos debió hacerse cargo de su decisión. En ese sentido, podría decirse que las instituciones funcionaron con inusual transparencia, sus protagonistas se hicieron responsables de sus actos, más allá de las observaciones legales que hicieran los defensores de Ibarra para impugnar el juicio político.
Sería un error de apreciación creer que lo realizado esclarece lo sucedido en Cromagnon. La destitución de Ibarra sanciona el mal desempeño de un funcionario y sienta un precedente importante respecto de la responsabilidad que deben tener éstos a la hora de designar colaboradores o velar por la seguridad de la población. Sin embargo, quedan pendientes las investigaciones y las acciones penales para determinar qué ocurrió esa noche de diciembre de 2004 en Cromagnon.
Como los propios integrantes de la Sala Juzgadora de la Legislatura se ocuparon de decir, Ibarra no fue el que tiró la bengala ni quien cerró las puertas de salida, ni el que alentó a los jóvenes para que ingresaran a la sala más allá de su capacidad real. Empresarios inescrupulosos, bandas de músicos irresponsables, policías e inspectores municipales corruptos deberán rendir cuenta de lo sucedido.
Desde una perspectiva cultural, también deben dar respuesta aquellos padres que asistieron con niños a un espectáculo de esas características, o quienes los abandonaron en las salas de baño, o los propios jóvenes que supusieron que se podía jugar con fuego en un salón cerrado sin pagar ningún precio.
Digamos que en la tragedia de Cromagnon hubo responsabilidades públicas y privadas, culturales y políticas. El juicio a Ibarra intenta saldar las responsabilidades políticas de un jefe de gobierno, pero esto es apenas un primer paso para quienes honestamente están interesados en buscar la verdad e impedir que tragedias semejantes se repitan en el futuro.