El Senado de la Nación se apresta a tratar el proyecto que establece el juicio por jurados en nuestro país, un instituto que figura en la Constitución Nacional desde su propio dictado y que nunca llegó a concretarse.
La reactivación del tema se produjo al calor del debate por la seguridad y las leyes de endurecimiento de penas impulsadas por Juan Carlos Blumberg. Ahora, el oficialismo se apropia de la iniciativa, en lo que ha sido leído como un intento por arrebatar una bandera a uno de los principales críticos del gobierno, en vísperas de un año electoral. Por lo mismo, este contexto vaticina un rápido trámite y una más que probable aprobación.>
Esta perspectiva obliga a plantear seria y urgentemente una serie de aspectos, que deberían ser tomados en cuenta a la hora de la discusión y diseño del nuevo sistema.>
Precisamente, algunos de esos aspectos quedan en evidencia a la luz de un reciente y sonado caso producido en la provincia de Córdoba, donde el juicio por jurados funciona desde agosto del año pasado. En esta oportunidad, el tribunal absolvió a una joven de 19 años, que mató a golpes a su hija recién nacida. Las circunstancias del hecho no presentan ninguna duda, pero el jurado liberó de culpa y cargo a la acusada, tomando en cuenta que el embarazo había sido producto de las reiteradas violaciones de su patrón. El abogado defensor adujo que esto había provocado tal alteración en la psiquis de la chica, que le produjo un "estado de inconciencia".>
El alegato tuvo la facultad de conmover al jurado, cuya mayoría, integrada por vecinos de la localidad de Villa Dolores -donde ocurrió el hecho-, se impuso por sobre la opinión de los únicos dos jueces técnicos que lo integraban, que se inclinaban por condenarla con la pena mínima y tomando en cuenta los hechos como atenuantes. Los seis vecinos que votaron por la inocencia -contra otros dos que acompañaron a los técnicos- lograron así una solución al margen de las previsiones de la normativa, a tal punto que el presidente del tribunal admitió las dificultades que esto produciría para redactar los fundamentos de la sentencia.>
Y es que, más allá de este caso, cabe preguntarse hasta qué punto es deseable una solución apta para tranquilizar conciencias, pero que no se ajusta a derechos. �Qué pasará cuando la sensibilidad se vea afectada por otros condicionantes "no técnicos", como los prejuicios, el racismo, la xenofobia, el sexismo o la simple conmiseración? Este pretendido avance hacia la democratización de la justicia �no acabará sepultando el raciocinio y dejando la protección de los derechos a merced de la emotividad, siempre expuesta a la manipulación?>
Según una fundada opinión, "el juicio por jurados no funciona en ningún lado, porque no se puede distinguir del todo la cuestión de hecho de la cuestión de derecho. Nadie puede decidir si hubo o no una legítima defensa, un estado de necesidad, un error invencible de algún tipo o una incapacidad psíquica, si no sabe lo que es". Lo dice Eugenio Zaffaroni, miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a quien nadie podría tratar de reaccionario.>