Osvaldo Agustín Marcón
Cíclicamente retoma fuerza una antigua idea según la cual las conductas de quienes reiterativamente cometen delitos obedecerían a alteraciones neurológicas que, identificadas, podrían ser superadas con medicación más, en ocasiones, algún accesorio psicoterapéutico.
Si esto es así estamos hoy ante la judicialización de la salud pues hay intervención judicial donde se requieren políticas del orden de la salud. Si es cierto que la conducta delictiva obedece fundamentalmente a una cuestión neurológica ella no se repara desde el servicio de Justicia sino desde el servicio de salud.>
Pero también podríamos preguntarnos si dicho enfoque de la problemática no extrapola mecánicamente a este campo los genuinos avances científicos de -por ejemplo- la neuropsicología o la farmacología. Pareciera que tal extrapolación es facilitada por tratarse de un discurso "blindado", duro, inextrincable, difícil de penetrar, tan propio del positivismo y de las denominadas "ciencias duras". Tal "dureza" vendría a satisfacer algunos anhelos de certezas, propios del campo de las Ciencias Sociales, "ciencias blandas" por excelencia, menos taxativas, más abiertas a la interpretación que al peso de lo experimental, asociado a "lo duro". >
Ahora bien: el Derecho puede ser definido de muchas maneras pero nunca como una positivista "ciencia dura". Por el contrario, él participa del mencionado campo "blando" y por ende puede suponerse que en alguna medida participa del bastante difundido anhelo por lograr componentes duros. A tal anhelo se articularía el mencionado discurso biologista que, paradójicamente puede llegar a raquitizar la cuestión de los derechos.>
La mencionada operatoria epistemológica (biologización del análisis criminológico) no es inocente pues dejaría abierta la puerta para cierta especie de contrabando ideológico. Se sabe que históricamente parte de las pretensiones del positivismo sobre las ciencias sociales se expresaron en el intento por homologar "lo social" a "lo natural" pensando a lo primero como si fuera parte de lo segundo. >
Pero el positivismo no sólo intentó inseminarlas teórica sino también metodológica y técnicamente. Bajo la influencia de tal contrabando el orden de lo jurídico habría intentado procesar un cuerpo extraño como lo es la lógica natural-biológica expresada en términos de lógica médico-psiquiátrica. En ella habría creído alcanzar un hito central en su búsqueda de seguridades, de las que la pregunta sobre si el responsable de un hecho penal "comprendió la criminalidad del acto" es un ejemplo acabado (como si la pregunta admitiera un "sí" o un "no" como respuesta). Sucede que al incorporar estos componentes duros el Derecho también habría fagocitado las limitaciones de los mismos, potenciadas en tanto cuerpos extraños aplicados sobre un continente regulado por otra lógica.>
Ahora bien: no se trata de negar el auxilio que pueden llegar a prestar, por ejemplo, determinados informes periciales. Aquí nos referimos a la pretensión hegemónica de un discurso que tiende a explicar realidades complejas como lo son las conductas humanas, delictivas en este caso, reduciendo la cuestión a su dimensión biológica. Y al peso específico que dicho discurso puede llegar a tener en un campo "blando". La reducción biologista niega la naturaleza social del conflicto, negación que -como se expresó antes- tiene fundamentos epistemológicos e ideológicos no suficientemente explicitados.>
Subrayando lo dicho al inicio: cuando se sostiene la idea de lo delictivo como problemática neurológica no estamos ante la judicialización de la salud pues el delito es una cuestión de derechos. En todo caso, si así planteamos las cosas, estaremos ante una nueva medicalización de los derechos, idea que nada de nuevo trae al escenario sino que reconfigura viejas discusiones.>