La Justicia ordena a una obra social cubrir un by pass gástrico

Agencia Rafaela/Redacción de El Litoral

La Cámara de Apelaciones Civil de Rafaela confirmó un fallo de primera instancia reconociendo el derecho de una paciente que sufre de súper obesidad mórbida a ser asistida con esta prestación médica. El dictamen obliga a la obra social Opssa (personal de la sanidad) a afrontar esta intervención quirúrgica, al entender que la mujer corre riesgo de vida.

El recurso de amparo fue presentado en primera instancia ante el Juzgado de la Dra. Liliana de Beldoménico, quien se expidió favorablemente en diciembre pasado. La semana pasada la Cámara (integrada por los Dres. Camilo Berger, Edgardo Loyola y Lorenzo Macagno) ratificó la sentencia en forma unánime. >

La paciente, cuyos datos de identidad se preservan, gestionó durante meses la autorización ante la obra social, pero ante la excesiva demora y en función de lo delicado de su estado, llevó el caso a la Justicia al serle imposible afrontar los costos que demanda esta práctica.>

En ambas instancias judiciales se dio curso al pedido al probarse la necesidad de la intervención y la urgencia por estar en juego la salud, estimada como un derecho fundamental, a pesar de que la prestación no está incluida de modo explícito dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO). >

Cabe aclarar que la mujer fue intervenida en el verano, valiéndose del fallo de primera instancia en virtud de la urgencia médica y el fallo de Cámara viene a ratificar el derecho de esta persona.>

Un caso grave

El abogado rafaelino Enrique Marchiaro fue quien representó a la afiliada de dicha obra social ante la Justicia, una joven hija de una enfermera de aquella ciudad.

"La chica pesaba cerca de 150 kilos y existían dictámenes médicos de peso que indicaban que su salud corría verdadero peligro. Además, ya se habían realizado otros tratamientos, pero no resultaron efectivos", explicó el profesional.>

Marchiaro aclaró que, si bien el Programa Médico Obligatorio (PMO) no incluye este tipo de intervenciones, "está claro que se trata de una referencia indicativa que luego debe adaptarse a la prestación de un servicio de salud integral. Así lo entendieron los jueces y lo mismo plantea la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".>

Incluso, en este caso la Superintendencia de Salud de la Nación consideró necesario el by pass, pero aun así la obra social se negaba a cubrir los gastos.>

La chica fue operada a fines de enero, pues el fallo de primera instancia se produjo en diciembre del año pasado. Ahora, la Cámara de Apelaciones ratifica la postura del juez interviniente.>

Esta cirugía se realizó en un sanatorio privado, "pues mi clienta es afiliada a una obra social y no era justo que recargara a los hospitales públicos, donde sí se realizan estas operaciones sin costo alguno".>

El abogado remarcó que "no estamos hablando de una moda, sino de una operación que suele resultar imprescindible para alejar al paciente del riesgo de muerte. Afortunadamente, la Justicia actuó rápido y en forma eficiente".>