Dicen que es inconstitucional
Cuestionan la reforma del proceso civil
Para un grupo de abogados de Rosario, los cambios en el Código Procesal Civil y Comercial que se proponen no van a resolver un problema que, en realidad, "es de gestión". Y que, en algunos casos, viola el derecho de defensa y de igualdad ante la ley.

De la Redacción de El Litoral

Un grupo de abogados rosarinos presentó en la Legislatura, a través de la diputada Mónica Peralta, una severa impugnación al proyecto de Código Procesal Civil y Comercial, presentado en el marco del Plan Estratégico para la Justicia Santafesina.

En diálogo con El Litoral, Tristán García Montaño, acompañado por Maximiliano García Grande y Juan Martín Atencio, planteó las principales objeciones; partiendo de la base de que el "colapso" de la Justicia por la cantidad de expedientes a tramitar, no se resolverá con un cambio de normas, sino "mejorando la gestión".

Pero más allá de eso, consideró que las reformas propuestas no harán sino empeorar la situación, afectando garantías constitucionales básicas como el derecho de defensa en juicio o la igualdad ante la ley.

"Darles más facultades a los jueces es absurdo, porque si hoy hay problemas, van a ser mayores si tienen más tareas o funciones", dijo García Montaño. Y explicó: "Se habla de la posibilidad del juez de investigar la verdad de los hechos. Pero si no puede tramitar debidamente las pruebas que se le ofrecen, ¿cómo va a salir a buscar pruebas de oficio? Además de desestabilizar la igualdad de las partes, es una práctica imposible para el tribunal".

Los letrados consideraron contradictorio este principio con el que rige la reforma del Código Procesal Penal, donde se despega al juez de la tarea investigativa, para reforzar su condición de tercero imparcial. E incluso consideraron que se entra en un terreno "peligroso", cuando se lo faculta a apartarse del procedimiento estipulado, si considera que éste "no le sirve".

Acceso a la Justicia

Fuera de eso, consideraron uno de los mayores problemas el hecho de que "en cierto tipo de juicios, para poder oponer una defensa, hay que depositar parte de lo que se reclama u ofrecer un bien en garantía. Es decir que si a usted le reclaman un monto determinado con un pagaré, para poder contestar a eso usted tiene que depositar el 20 % de lo que le reclaman. Supongamos que el pagaré es falso, está prescripto, se puede compensar con otro crédito, o ya está pagado. Para poder decir eso, tiene que pagar.

"Es cierto que esto va a permitir resolver más rápidamente y en la mayoría de estos juicios tiene razón el demandante. ¿Pero qué pasa en los casos en que no es así? ¿Qué pasa si el demandado tiene razón, pero no tiene dinero? ¿Cómo se defiende? Es una reforma no sólo autoritaria, sino también discriminatoria", agregaron.

Contradicciones

También consideraron contradictorio que, si el objetivo es reducir plazos, "se extienden de uno a tres los días que tiene el juez para decretar cada cosa que le pide el litigante". A la vez, para abreviar, en cierto tipo de juicios "se saca el comparendo previo, que es el aviso a una persona de que hay un juicio en su contra, antes de la notificación formal de la demanda. Esto le da tiempo para buscar un abogado y prepararse para la posterior defensa. Al quitar el comparendo previo, el demandado va a ser sorprendido en su casa por una notificación y tiene diez días para hacer todo lo necesario".

Finalmente apuntaron contra las "medidas autosatisfactivas", que permiten al juez hacer lugar automáticamente a un reclamo, ya que "vulneran el derecho de defensa y ya fueron cuestionadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y rechazadas por tribunales de segunda instancia".