¿Cómo se construye ciudad? ¿Existe en Santa Fe un concepción de urbe que soporte las acciones privadas y públicas que se proyectan? ¿Cuál la normativa que rige y regula las edificaciones y disposiciones de espacios diversos en el seno de la metrópoli? ¿Qué perfil debería asumir Santa Fe?
La avalancha de interrogantes se debaten en la actualidad en múltiples puntos de la Argentina. Urbanistas, ambientalistas y políticos, intentan dilucidar cuál es la solución a los problemas de la ciudad y el desarrollo urbano. Y la respuesta no llega fácilmente ya que "la construcción privada y su relación con lo público, no está tanto en función de la norma sino de la valoración que se hace de lo público". El catedrático de Urbanismo en la Facultad de Arquitectura de la UNL, Diego Valiente, aclara que en la normativa local este concepto "está previsto", pero de un modo "absolutamente vago e impreciso".
Tal es así que en el Código de Edificaciones, un artículo refiere a que cada nuevo edificio debe adecuarse a "criterios urbanísticos o del entorno, pero nadie nunca definió cuáles son esos criterios". Si bien toda arquitectura tiene "una apariencia, una forma que es pública", el misterio es "cómo se valora lo que es el espacio público".
Para Julio Arroyo, también docente y editor de la revista de la citada casa de estudios, la ciudad argentina se caracteriza por una "heterogeneidad tipológica", que permite encontrar en cada lote edificios que responden a distintos "tipos constructivos (en torre, en altura entre medianeras, planta baja, etc.)", distintas funciones (un sanatorio al lado de una casa) y "lenguajes (un edificio racionalista al lado de uno pintoresquista o de fachada italianizante, por ejemplo)".
La materialidad de esa argentinidad, el especialista la atribuye al "concepto de propiedad privada", que habilita a los propietarios a tomar decisiones; "los procesos de sustitución y completamiento de tejido", que son "lentos debidos a la economía"; la "heterogeneidad de las valoraciones estéticas que se verifican aun dentro de sectores sociales de similares condiciones socioeconómicas y culturales" y, por último, el "sentido debilitado del espacio público que hace que no se puedan asociar las decisiones particulares con el interés general".
Sobre éste último punto Arroyo destacó que "una fachada, una vereda, un techo, siendo que forman parte de un edificio que puede ser de propiedad privada, es a la vez un elemento que integra el acervo público de la edilicia urbana".
Si hay un plan, lo que media entre él y el caso concreto (el proyecto, el edificio) es la normativa edilicia. En Santa Fe, el primer reglamento de Edificaciones Privadas data de la década del 80, al igual que el de Zonificación.
Ambos cuerpos, como lo explica el arquitecto Eduardo Navarro, contemplan "todo lo que se puede y no construir del eje medianero para adentro" y "qué es lo que se puede construir y dónde en la ciudad", respectivamente. En su visión, que coincide con todas las voces consultadas, el mecanismo normativo "no se respetó", por "desactualizado" y por "lo volátil del poder de policía de la Municipalidad".
Para Arroyo, las leyes, además de ser "insuficientes o requerir actualización", son "débilmente cumplidas y administradas tanto sea por el municipio como por el cuerpo de la ciudadanía".
La pregunta que surge es si hay un conjunto de normas que soporten una idea de ciudad. A lo que Valiente responde que sí, pero "están desde el peor punto de vista, como si fuera todo técnico"; así "la forma de la ciudad nunca es transparente a partir de la norma".
¿Qué hace falta? "Una idea de la forma de la ciudad y una norma que responda a eso". También, agrega Valiente, "encontrar una modalidad en gestión, un espacio de diálogo entre los diversos intereses donde se pudieran acordar criterios".
Una práctica ya difundida en la gran mayoría de las urbes del globo, que aún no se termina de instalar en esta, es la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Refiere a la estimación del efecto que puede tener un proyecto, obra o actividad sobre el medio ambiente, y busca que dicha acción sea mínimamente perjudicial para el medio ambiente, porque se hayan previsto los efectos y las medidas preventivas y correctoras.
Esta tendencia se inicia en 1969 en los Estados Unidos, cuando la Ley Nacional de Política Ambiental buscó el perfeccionamiento del proceso administrativo para mejorar la calidad de la toma de decisiones desde la perspectiva ambiental y social.
Con una óptica similar se sumaron Nueva Zelandia, Australia y Canadá; mientras que paralelamente Suecia, con su Ley de Protección Ambiental (1969) y Francia, con la de Protección de la Naturaleza (1976), iniciaron el mismo proceso con un enfoque diferente.
Para la década del 80, fue la propia Comunidad Europea la que, por medio de la Directiva 85/337/CEE, consolidó las legislaciones de los países miembros y obligó a aquellos que no la tuvieran, a adoptarla.
En Argentina, si bien no existe en el ámbito nacional una norma que regule en materia de evaluación de impacto ambiental, sí están aquellas que abordan los impactos ambientales que devienen de la actividad que cada una de ellas tutelan (hidrocarburos, fauna silvestre, residuos peligrosos, actividad minera, entre otras).
Buenos ejemplos
Las ciudades más lindas del mundo, esas cuyas imágenes quedan en inmortalizadas asociadas al ideal de belleza en los turistas que las visitan, tienen reglamentaciones específicas y estrictas sobre estilos, lo que se puede y no hacer.
Además del cuerpo de normas permanentemente actualizados, disponen de "autoridad de aplicación". Navarro cita dos ejemplos. En Londres, existe "un tribunal de notables que interviene en proyectos en lugares que son patrimonialmente sensibles a la sociedad". París, como un ejemplo inalcanzable por el presupuesto que dispone para estos casos, "establece un mecanismo de sustitución: Cuando sos dueño de un inmueble patrimonial y tenés restricciones al dominio, te dan la posibilidad de que seas accionista en un negocio inmobiliario semejante a la renta potencial que obtendrías con la venta del inmueble".
Valiente introduce el caso "genial" de Curitiva, donde "inventaron un sistema de vía rápida, con dos avenidas que tiene dos carriles exclusivos para ómnibus y paradas fijas, como si fueran de subtes". Tomándolas como base, instrumentaron un sistema de "verticalización en las primeras manzanas" y "recuperaron áreas que estaban abandonadas, como parques nativos sin uso".
Sol Lauría