Sucesos: SUCE-07 Condena de 22 años para un contador que mató a su mujer

Un contador fue condenado a 22 años de prisión por asesinar a golpes y asfixiar a su esposa dentro de la pileta de su casa de la localidad platense de Gonnet, en un crimen cometido en marzo de 2005.

Se trata de Leonardo Crespo, a quien el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 4 de La Plata, halló autor penalmente responsable del "homicidio calificado por el vínculo" de Analía Escamochero.

Este delito prevé un castigo de prisión o reclusión perpetua, sin embargo, por mayoría, el tribunal consideró que, como la mujer mantenía un vínculo extramatrimonial, esto actúa como "circunstancia extraordinaria de atenuación" que redujo la escala de la calificación penal a una de entre 8 y 25 años de cárcel.

Para Emir Caputo Tártara, presidente del TOC, Crespo "estuvo en la escena del crimen" a la que "ingresó sin ejercer violencia" y fue "el autor del homicidio" de su mujer.

El magistrado describió que la mujer recibió "un golpe en el cráneo con un objeto contundente" que la dejó en "un estado de inconciencia" y que luego murió "por asfixia por inmersión", y en ese sentido destacó como prueba contra el imputado que "no hubo en ningún caso signos de defensa de la víctima".

En su voto, el juez recordó que en su alegato Crespo se declaró inocente y dijo que su familia era "un modelo".

"Cuesta entender cómo pudo hacer estas afirmaciones después de la contundencia de los testigos que opinaban lo contrario (en referencia a los amantes que tenía la víctima)", sostuvo.

También para el presidente del Tribunal "quedó acreditado en forma contundente que el matrimonio no funcionaba como tal y que Crespo conocía la situación de los amantes" de Escamochero.

Citó el testimonio de Fabiana Jáuregui, amiga de la víctima, que declaró que "Crespo tenía obsesión por su mujer y que no admitía una vida sin ella y en la casa que compartían".

"Escamochero le había dicho que Crespo la tenía amenazada y le había confesado también que, si no le contaba sobre sus amantes y la descubría con alguno de ellos, la mataba", dijo el juez al citar el testimonio de Jáuregui.

Por su parte, la jueza Gloria Berzosa adhirió en todo al voto del presidente, en tanto el restante magistrado, Juan Carlos Bruni (h.) consideró que correspondía la prisión perpetua por existir, además del vínculo, el agravante de la "alevosía", es decir el estado de indefensión de la víctima, y que se trató de un crimen premeditado.

Crespo había llegado preso al juicio e imputado del delito de homicidio agravado por el vínculo y alevosía de su mujer.

Télam