Sucesos: SUCE-09 Condenan a una prepaga

DyN

La Justicia Civil condenó a una empresa de medicina prepaga a indemnizar por "daños y perjuicios" a la familia de un niño al que le quitó la cobertura aduciendo que tenía una enfermedad preexistente y la ocultó al momento de contratar el plan de salud.

La Sala B de la Cámara, con las firmas de los jueces Gerónimo Sanso, Claudio Ramos Feijoo y Mauricio Mizrahi, ratificó la condena contra la empresa que, según el fallo, arguyó que "estaba demostrado mediante pericial médica, que el hijo de la actora padecía de la enfermedad que dio origen al tratamiento e intervención quirúrgica cuya compensación pretendía la actora, con anterioridad a la inclusión en el plan que contrataran".

A raíz de esa afirmación, la empresa dedujo que "hubo ocultamiento de la accionante, y por lo tanto fue justificada la rescisión del contrato".

"Este ocultamiento era de mucha trascendencia, porque alteraba sustancialmente las bases contractuales", añadió la empresa.

Los jueces admitieron que "es claro que para la época en que la actora decide ingresar al plan que la relaciona con la demandada, el hijo de aquella mostraba síntomas que podrían tener más de una lectura".

"La cuestión es determinar si la demandante ocultó u omitió deliberadamente información en la declaración jurada de salud, y si esto era motivo que justificara resolver el contrato de medicina prepaga", fijaron los jueces como premisa.