Política: POLI-05
El gobierno decidió apelar
Un fallo ordena que se ajusten haberes a 1.200.000 jubilados
Lo dispuso un juez de Seguridad Social, basado en un pedido de la Defensoría del Pueblo de la Nación. En noviembre del año pasado, la Corte declaró inconstitucional el sistema de movilidad actual y ordenó una actualización, pero sólo para un caso. El nuevo fallo lo habilita incluso para quienes no iniciaron juicio.

La Justicia hizo lugar a un recurso presentado por la Defensoría del Pueblo de la Nación contra el Estado Nacional para que los jubilados no tengan que ir individualmente a los tribunales a conseguir un fallo similar al que benefició a Adolfo Badaro, para que se ajusten los ingresos del sector pasivo.

Según indicó la Defensoría del Pueblo de la Nación, a partir del martes próximo el organismo que conduce Eduardo Mondino dará a conocer los mecanismos que deberán seguir los jubilados y pensionados que no recibieron la movilidad de sus haberes de acuerdo con pautas del Indec.

De acuerdo con la información, el juzgado federal de la Seguridad Social 9, a cargo del magistrado Alberto Ize, hizo lugar a la demanda promovida el pasado 5 de marzo por Mondino para que se reconociera a pensionados y jubilados un régimen de movilidad de sus haberes conforme lo dispone el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, con el fin de que se ajusten los ingresos de la clase pasiva según las pautas del aumento de índices elaborado por el Indec. Para hacer operativa la sentencia, la Defensoría informará a jubilados y pensionados los "mecanismos jurídicos y fácticos para coordinar con la Anses el estudio y resolución de cada caso", explicó. "Lo significativo de este fallo es que ningún jubilado o pensionado deberá iniciar un juicio para que se le reconozcan los mismos derechos que la Corte Suprema de Justicia le fijó a Adolfo Badaro. énicamente deberán presentarse en los organismos de Seguridad Social y acreditar que se encuentran en igual situación y con derecho a percibir la movilidad que el máximo tribunal determinó para Badaro en su sentencia del 26 de noviembre de 2007", se reseñó desde la Defensoría.

El fallo de la Corte

La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del sistema de movilidad previsto por la ley 24.463 y, como consecuencia de ello, ordenó su sustitución y el pago de diferencias pertinentes por el período 1º de enero de 2002 a 31 de diciembre de 2006, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios elaborado por el Indec, que para ese período resulta ser el 88,57 por ciento.

Badaro -ex conductor de buques- percibía una jubilación mensual superior a 1.000 pesos en enero 2002 y sólo aumentó en ese período 11 por ciento; por ello la Corte ordenó aumentarle un 77,6 por ciento, retroactivo a enero 2002, y por la mora en el cobro de la jubilación percibirá una tasa de interés pasiva del Banco de la Nación.

Como el fallo sólo se aplicaba al jubilado Badaro, la Corte recomendó al gobierno legislar sobre la materia. Sin embargo, mientras tanto, el ombudsman nacional promovió una demanda para tutelar el aspecto colectivo de todos los jubilados que podrían verse alcanzados por ese derecho frente a la omisión del Estado nacional de reconocer la movilidad.

En su momento se había estimado que un total de 1.200.000 jubilados y pensionados podría quedar beneficiado con una actualización de haberes en caso de que prosperara esta presentación. Ahora, el juzgado federal de Seguridad Social resolvió declarar el derecho a obtener el reajuste del haber previsional al colectivo de jubilados y pensionados que representa el Defensor del Pueblo, una vez acreditado por ante los organismos de la seguridad social el perjuicio ocasionado, precisamente, por no haber sido ajustados sus haberes del mismo modo en que la Corte Suprema los ajustó para Badaro, añadió la información.

Apelación

La Anses anticipó anoche que apelará el fallo, porque está obligada a hacerlo por ley. Y que, mientras tanto, "la ejecutividad de la sentencia queda suspendida". La decisión final quedará en manos de la Corte, que ya se pronunció por la inconstitucionalidad del actual sistema de movilidad.

DyN/El Litoral