Opinión: OPIN-01 Conflicto de intereses

Entre las importantes consecuencias políticas e institucionales que abrió el debate sobre las retenciones agropecuarias en el Congreso, fue puesto sobre el tapete un tema de trascendentes implicancias, hasta ahora soslayado: el influjo del conflicto de intereses en la actuación de los legisladores.

La cuestión fue planteada a propósito de que muchos de ellos se declararon o asumieron como productores agropecuarios, por lo cual el tema en debate tenía decisiva incidencia sobre sus patrimonios, lo que podía influir en el sentido de sus pronunciamientos.

Más allá de lo ajustado del margen con que se resolvió la votación en cada una de las Cámaras, la mensura cuantitativa del asunto revela su importancia: según el relevamiento de un diario capitalino, llegan a 50 los legisladores Äuno de cada seisÄ con algún tipo de interés económico en la explotación del campo. En tanto, el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado renunció invocando ese motivo, mientras que otros legisladores Äcomo el santafesino Carlos ReutemannÄ reivindicaron su condición de productores rurales para sustentar su postura y asumir la defensa de los intereses involucrados.

De todos modos, no es la primera vez que el conflicto se plantea: apareció con el enjuiciamiento a ministros de la Corte Äcon legisladores que tenían causas en trámite como abogadosÄ, con la ley antitabaco y con las patentes farmacéuticas, entre otros casos.

Desde el punto de vista legal Äy a diferencia de otros paísesÄ, los especialistas advierten en la Argentina un vacío en esta materia. Mientras los jueces la tienen mencionada entre los motivos de excusación y recusación, y la ley de Ética Pública impide intervenir a funcionarios del Poder Ejecutivo en decisiones atinentes a concesionarios, proveedores o empresarios con los que guarden algún vínculo de interés Äal margen del efectivo cumplimiento de esta normaÄ, el caso de los legisladores no está contemplado.

Naturalmente, el problema merece un extenso y fundado debate sobre el alcance y la dimensión de los intereses a que se alude, puesto que un exceso al respecto implicaría en los hechos inhibir reiteradamente el cumplimiento de sus funciones a muchos representantes del pueblo. Por ejemplo, ningún legislador de extracción sindical podría intervenir en debates laborales, lo que resultaría un contrasentido.

En todo caso, lo más saludable parece ser la declaración de esos intereses, como ha sucedido en algunos de los casos planteados Äpero no en todosÄ, para evitar suspicacias. Y, a partir de allí, alentar un análisis concreto y público de cada caso, sin caer en extremismos, pero evitando hacer la vista gorda ante situaciones flagrantes.

Finalmente, una adecuada regulación de los lobbies empresariales que, además del poder político, ejercen de una manera u otra influencia sobre los legisladores, debería ser la consecuencia lógica de esta discusión. Y todo como una manera de avanzar en la transparencia y consolidación del esquema parlamentario, por encima de hipócritas rasgaduras de vestidos o manejos ajustados a la ocasión.