Política: POLI-04
Patologías de nuestro tiempo
Prepagas cubrirán tratamientos para trastornos alimentarios
Se trata de la obesidad, la bulimia y la anorexia, y obliga también a las obras sociales. Disposiciones en la ley en materia de rótulos en los alimentos, publicidad y campañas orientadas a la población.

El Senado de la Nación aprobó por unanimidad y convirtió en ley un proyecto que obliga a las obras sociales y empresas de medicina prepaga a dar cobertura a enfermedades originadas en trastornos alimentarios como la obesidad, la bulimia y la anorexia.

El proyecto había sido aprobado por la Cámara Alta el 28 de noviembre pasado, pero Diputados le introdujo cambios en dos artículos el 4 de junio, lo que impidió que la norma se convirtiera en ley. Esto motivó una sostenida movilización callejera de personas al Congreso nacional que, alentadas por un programa de televisión, demandaba la sanción de la iniciativa.

Los cambios en la Cámara Baja fueron promovidos particularmente por representantes de las provincias del norte, que consideraron "discriminatorias" las menciones que la norma hacía al uso de azúcares, así como el agregado de que las mayores erogaciones por prestaciones para agentes de seguro serían compensadas por la Administraciones de Prestaciones Especiales (Apes).

El proyecto sancionado en la víspera, con el voto de los 59 legisladores presentes, declara de "interés nacional" la prevención y el control de los trastornos alimentarios, y contempla una asistencia integral y una rehabilitación de los pacientes, que incluye, además, sus enfermedades derivadas y las medidas que eviten su propagación.

La norma regula la comercialización, publicidad y promoción de alimentos de bajo aporte nutricional cuando éstos sean acompañados con juguetes, premios y demás incentivos que promuevan su consumo por parte de los niños.

La legislación fija condiciones para la calidad de los productos promocionados como de bajas calorías y establece que los alimentos con alto valor calórico deberán llevar la leyenda: "El consumo excesivo es perjudicial para la salud".

Otras disposiciones

Por otra parte, prohíbe que los medios publiquen dietas o métodos para adelgazar sin respaldo de un profesional, contiene medidas consideradas antidiscriminatorias por los que sufren trastornos alimentarios y establece los lineamientos para la realización, desde el Estado, de campañas de difusión dirigidas a la población, hacia grupos de riesgo en particular.

La senadora oficialista Haydé Giri, titular de la comisión de Salud, reiteró el apoyo a dos artículos que habían sido anulados en Diputados y propuso respaldar otras dos modificaciones introducidas por la Cámara Baja, para evitar que los azúcares sean "demonizados" en la dieta humana, así como eludir perjuicios sociales contra los 150.000 obreros que trabajan en la industria zafrera.

Giri criticó "la oferta cultural que afecta la salud de los jóvenes y que se relaciona con la obesidad, anorexia y bulimia", y advirtió que "la Argentina es el segundo país, detrás de Japón, en padecer los efectos de ambos males, que vienen alentados por razones culturales".

Por su parte, el titular del radicalismo, Gerardo Morales, dijo que la norma "cubre un vacío legal que existe en la legislación argentina en cuanto a que no hay un tratamiento adecuado de los trastornos alimentarios".

También se expresaron, en el mismo sentido, el radical Alfredo Martínez y la tucumana de Fuerza Republicana, Delia Pinchetti; el jujeño Guillermo Jenefes, el neuquino Horacio Lores, la santiagueña Ana María Corradi y el cordobés Carlos Rossi

Cuestión de peso

La ley aprobada ayer tuvo un decidido y protagónico impulso desde hace dos años por el programa "Cuestión de peso" (canal 13 de Buenos Aires), con la conductora Andrea Politti y el equipo de profesionales encabezado por el Dr. Alberto Cormillot. A la prédica constante desde la pantalla se sumaron dos movilizaciones al Congreso.

Puntos principales

Estos son los principales ítems del proyecto aprobado:

* Se crea el Programa Nacional de Prevención y Control de los trastornos alimentarios, en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.

* Se incluye a los trastornos alimentarios en el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica.

* El Ministerio de Salud auspiciará seminarios, talleres y conferencias acerca de los diferentes trastornos alimentarios y sus formas de prevención.

* Los quioscos y demás medios de expendio de alimentos en los establecimientos escolares deberán ofrecer productos que integren una alimentación saludable y variada.

* El Ministerio de Salud deberá tomar medidas a fin de que los anuncios publicitarios, y de que los diseñadores de moda, no usen la extrema delgadez como símbolo de salud o belleza.

* La publicidad de alimentos con elevado contenido calórico y pobres en nutrientes deberá contener la leyenda: "El consumo excesivo es perjudicial para la salud".

* Queda prohibida la publicación o difusión en medios de comunicación de dietas o métodos para adelgazar que no conlleven el aval de un médico o licenciado en nutrición.

* Los anuncios publicados en medios de comunicación para bajar de peso o alimentos bajos en calorías deberán dirigirse exclusivamente a mayores de 21 años.

* Quedan incorporadas en el Programa Médico Obligatorio, la cobertura del tratamiento integral de los trastornos alimentarios.

* La cobertura de estas enfermedades incluyen todos los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos y farmacológicos.

* El Poder Ejecutivo dispondrá de las medidas necesarias para que los establecimientos educacionales y sanitarios de su jurisdicción cuenten con las comodidades y el equipamiento adecuado para el uso y asistencia de las personas que padecen obesidad.

* El Poder Ejecutivo dispondrá las medidas necesarias para que los envases en que se comercialicen productos comestibles para humanos que tengan entre sus insumos grasas "trans" lleven en letra y lugar visible la leyenda: "El consumo de grasas "trans' es perjudicial para la salud".