Opinión: OPIN-01 Mayor conciencia sobre trastornos alimentarios

El Congreso Nacional convirtió en ley el proyecto que define a la obesidad, la anorexia y la bulimia como enfermedades. Esta categoría permitirá que las personas que padecen cualquiera de esos trastornos alimentarios sean atendidas por las obras sociales y empresas de medicina prepaga. No será éste el único efecto de la entrada en vigor de la norma. Ésta propone, también, crear un programa nacional de prevención y control de trastornos de esta naturaleza, además de una serie de medidas que se orientan a mejorar políticas de prevención y de comunicación, con el fin de contribuir a mejorar los hábitos de la población, tanto de jóvenes y niños como de personas adultas.

En esa línea, se resolvió que en los establecimientos escolares se ofrezcan productos que integren una alimentación saludable; se introdujeron novedades en materia de publicidad para advertir sobre los riesgos de consumir productos con elevado contenido calórico y escaso valor nutritivo, y se dispuso que los anuncios para bajar de peso y para promocionar alimentos bajos en calorías estén dirigidos a mayores de 21 años.

Con todas estas medidas, además de responder a la demanda que desde hace años vienen realizando grupos de personas afectadas por estos trastornos y que hasta ahora carecían de cobertura médica, se pretende promover una modificación en los hábitos y disminuir el riesgo de padecer alteraciones originadas en una alimentación inadecuada. Puede leerse esta novedad como un avance necesario para contrarrestar la empeñada difusión de un ideal físico inalcanzable, no obstante ello, promovido desde algunos medios de comunicación. A tal punto es así que, de acuerdo con el flamante texto legal, se prohíbe la publicación de dietas o métodos para adelgazar que no tengan el aval de un profesional de la salud.

El tema no es menor y excede, como queda demostrado en las estadísticas sanitarias, una cuestión estética: más allá de los condicionantes genéticos, existen factores sociales y ambientales que predisponen a padecer algunas de las enfermedades contempladas por la reciente ley. Se calcula que más de la mitad de la población argentina tiene algún exceso de peso que se manifiesta, por distintas causas, tanto en sectores de mayores recursos como en aquellos más humildes, y que tanto en unos como en otros impacta o impactará a futuro en diferentes indicadores sanitarios de riesgo, tales como diabetes, hipertensión arterial y otras afecciones.

Más allá de la cuestión coyuntural que implica el reconocimiento de obesidad, bulimia y anorexia como enfermedades y Äcomo se dijoÄ de la posibilidad de que esa conceptualización facilite el acceso a la cobertura en salud, la norma aprobada por el Congreso aparece como una inmejorable oportunidad para colocar el debate sobre alimentación, vida sana, hábitos saludables y actividad física en un primer plano, sobre todo entre los grupos etarios de mayor riesgo, como son los niños, niñas y jóvenes, principales destinatarios de una enorme oferta gastronómica no siempre adecuada para favorecer su crecimiento armónico, protagonistas de un notable abanico de actividades sedentarias, pero urgidos, a la vez, a alcanzar un modelo corporal único.