Opinión: OPIN-02 Familia y matrimonio
Por Mons. José María Arancedo (*)

La familia pertenece a ese ámbito de lo cotidiano, de aquello que no sentimos la necesidad de definir porque lo vivimos como algo que está, pero sin el cual es difícil de explicar las cosas más simples e importantes en la vida del hombre. Pertenece a ese "humus" creativo en el cual nace la vida y recibe su primer cuidado; es el espacio donde se aprenden, sin grandes discursos, las ideas básicas de paternidad, maternidad, filiación y fraternidad que dan sentido a nuestra vida, fundamentan nuestras relaciones y orientan la vocación del ser hombre y ser mujer.

La familia es la primera transmisora de valores y cultura. Por ello al hablar de ella no estamos ante una cuestión privada, sino que pertenece a la categoría de un bien público. Si es propio de la justicia dar a cada uno lo que le corresponde, la familia, en cuánto realidad social y sujeto de derechos, merece y necesita del apoyo social y político. Debemos hablar de los derechos de la familia. Proclamar y defender la verdad y la belleza de la familia considero que es el primer servicio que le debemos a la dignidad del hombre y al bien de la sociedad. Es más, creo que desde la familia se ilumina el significado y la importancia del mismo matrimonio.

El matrimonio como comunión de vida entre el hombre y la mujer, que en su diversidad y fecundidad se complementan en la transmisión y cuidado de la vida, es un bien que hace tanto al desarrollo de las personas, como a la cultura y al futuro de la sociedad. Por ello, también el matrimonio es un bien público que la sociedad debe valorar y tutelar. No se trata de algo solo privado o de opción religiosa, sino de una realidad que incide en la vida y desarrollo de la misma sociedad. El matrimonio tiene su raíz en la naturaleza del hombre, que es varón y mujer. Esta realidad, que en su diversidad y complementariedad hace a la vida y al desarrollo tanto personal como social, se convierte en el fundamento de una sana y necesaria educación sexual. No sería posible educar la sexualidad sin una idea u horizonte de su significado.

Estos aspectos de la vida del hombre que se refieren al nacimiento y desarrollo de la vida, fruto de esa unión heterosexual, deben ser tenidos en cuenta como fuente legislativa a la hora de definir la esencia y finalidad del matrimonio. Esto no debe ser considerado como un límite que descalifica, sino como la exigencia de una verdad que por su misma índole y significado social, debe ser garantizada jurídicamente. Estamos ante una realidad que antecede a la legislación positiva y, por lo mismo, es para ella fuente normativa en lo sustancial.

Utilizar el término de "discriminación" cuando se pretende igualar el matrimonio heterosexual a una unión homosexual, es incorrecto, porque no se parte de las notas que lo definen, y que hacen a la esencia y finalidad del matrimonio. Cuando se exigen determinadas aptitudes o condiciones, en este caso la complementariedad sexual en orden a la procreación, no se puede hablar de discriminación. Afirmar la heterosexualidad como requisito para el matrimonio no es, en una sana lógica de pensamiento, discriminar, sino partir de una exigencia objetiva que tiene como presupuesto esta característica. Lo contrario sería desconocer su identidad, es decir, no partir desde lo que es. Hay un falso sentido de igualdad que no pertenece al orden de la justicia, porque violenta lo propio de cada realidad.

Es intrínseco de la justicia distinguir. Al negarse la posibilidad del matrimonio entre homosexuales no hay discriminación, toda vez que: "Es posible realizar distinciones de trato entre personas sobre la base de ciertas cualidades personales o naturales, siempre y cuando estas distinciones resulten compatibles con la finalidad o finalidades intrínsecas del instituto, función o realidad práctica de que se trata en cada caso, ya que en estas situaciones las cualidades personales influyen decisivamente en la conducta de los sujetos y en la consiguiente posibilidad de alcanzar aquellas finalidades" (Massini; citado por la Dra. María Josefa. Méndez Costa). Esto no debe entenderse como un agravio o la negación de un derecho, sino de la necesidad jurídica de afirmar y tutelar un instituto que tiene sus notas y características propias.

Juan Pablo II al hablar de la Familia decía que es "un bien de la humanidad", al que hay que proclamar en toda su verdad e identidad propia. En esta afirmación sobre la familia está implícito el significado del matrimonio. Es de desear que estos temas encuentren serenidad de reflexión y sabiduría política en quienes tienen la responsabilidad de legislar sobre una realidad que hace al bien común y compromete el futuro de la sociedad. Por otra parte, no considero un argumento menor a tener en cuenta la cultura del pueblo como patrimonio de la comunidad, esto lo vemos cuando la gente se refiere al matrimonio lo hace como la unión de un hombre y una mujer, que luego serán padre y madre. En esta simple expresión hay una verdad profunda que el legislador debe saber escuchar y comprender en todo su alcance antropológico y social.

(*) Arzobispo de Santa Fe de la Vera Cruz.