Ordenamiento territorial

Finalizaron el mapa de bosques nativos

Es indispensable para las autorizaciones de desmonte en la provincia. El decreto se firmaría en la segunda quincena del mes. La Nación frena la reglamentación de la ley 26.331, por los subsidios que prevé la norma.

De la redacción de El Litoral

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El secretario de Medio Ambiente, César Mackler, estimó que para la segunda quincena de este mes, se firmará el decreto de zonificación de los Bosques Nativos del territorio santafesino.

Hace un año, la ley nacional 26.331 estableció su protección y dispuso que las provincias debían hacer sus respectivos mapas de ordenamiento territorial, en función del señalamiento de zonas: unas, marcadas con rojo, que quedarían vedadas para nuevas talas; con verde, que sí se las autoriza, y áreas con amarillo en las que no se podrá desmontar sin la presentación de un plan de manejo sustentable por parte de los interesados, y firmado por un profesional responsable.

La norma nacional prevé que hasta que el mapa no sea concluido en cada jurisdicción, éstas no puedan habilitar la realización de desmontes. En la provincia, el trabajo territorial está terminado: saldrá primero por decreto y luego se enviará un mensaje a la Legislatura.

La preservación del ambiente genera por parte de los propietarios de los predios una suerte de tensión ya que el aprovechamiento del bosque nativo no resulta tan rentable como otras producciones agrícolas, que gracias a los adelantos de la genética vegetal, se pueden llevar adelante en zonas antes no aptas para la agricultura.

Sobre el tema de referencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el último acuerdo de diciembre y ante una presentación de comunidades indígenas de Salta, hizo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó de manera provisional el cese de las talas en los departamentos de San Martín, Orán, Rivadavia y Santa Victoria. Los trabajos habían sido autorizados por el gobierno salteño en 2007, antes de que su legislatura votara una ley.

En Santa Fe, a partir de la sanción de la norma nacional no se autorizaron más desmontes e incluso se informó sobre la aplicación de importantes multas para quienes los hicieron el año pasado. Ahora, Medio Ambiente ha completado el mapa y tratará de que el Poder Ejecutivo firme el decreto de aprobación para la segunda quincena de mes.

Hacheros y compensaciones

Mackler expresó que es preocupación del gobierno avanzar lo antes posible en autorizaciones, aunque sean provisorias por 30 días, para el desmonte de subsistencia que realizan los hacheros en el norte. A juicio del funcionario, éstos vienen haciendo un manejo “bastante sustentable del suelo”.

El funcionario evitó dar precisiones sobre la zonificación elaborada, hasta tanto no se firme el decreto, pero en líneas generales dijo que la provincia consideraba zonas rojas a los corredores ubicados alrededor de los arroyos y ríos y sus cabeceras; verdes, al sur de la provincia donde prácticamente no existe el monte nativo y se encuentra ya consolidada una economía agraria, y al resto -un 80%- del territorio, se lo consideraría como amarillo. Indicó que una vez salida la norma provincial, se le daría celeridad al estudio de los planes de manejo que se presenten ante la Secretaría, a fin de decidir su autorización.

Pero Mackler recordó un punto que es nuclear para la aplicación de la ley Nº 26.331: su reglamentación en los ámbitos nacionales está pendiente porque la norma prevé un sistema de compensaciones o de subsidios -se calcula entre 700 y 1.300 millones de pesos para todo el país-, cuestión financiera que frenó el trámite de resolución en el Ministerio de Economía de la Nación.

Al respecto, dijo que el 8 y 9 de este mes, se reunirá el Consejo Federal de Medio Ambiente, con la participación del nuevo secretario nacional, La Rocca. “ Pero -señaló- le hemos pedido que intervengan además, funcionarios del Ministerio de Economía, porque a las zonas que no se las autorice desmontar más, deberán ser compensadas económicamente.

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César Mackler, secretario de Medio Ambiente

Foto: Archivo/El Litoral

Definición

La ley Nº 26.331 considera Bosques Nativos a los ecosistemas forestales naturales compuestos predominantemente por especies arbóreas nativas maduras, con diversas especies de flora y fauna asociadas, en conjunto con el medio que las rodea -suelo, subsuelo, atmósfera, clima, recursos hídricos-, conformando una trama interdependiente con características propias y múltiples funciones, que en su estado natural le otorgan al sistema una condición de equilibrio dinámico y que brinda diversos servicios ambientales a la sociedad, además de los diversos recursos naturales con posibilidad de utilización económica.

Se encuentran comprendidos en la definición tanto los bosques nativos de origen primario donde no intervino el hombre, como aquellos de origen secundario formados luego de un desmonte, así como aquellos resultantes de una recomposición o restauración voluntarias.

Quedan exceptuados de la aplicación de la presente norma todos aquellos aprovechamientos realizados en superficies menores a 10 hectáreas que sean propiedad de comunidades indígenas o de pequeños productores.