EDITORIAL

Cambios en la Justicia

El gobierno santafesino deberá poner en marcha en los próximos días el nuevo sistema para la Justicia penal, como primeros pasos de una reforma en la que se que avanzará de manera progresiva, pero cuyos efectos irán mucho más allá de la mayor celeridad que se espera obtener de la oralidad en los juicios.

Y es que, si bien este aspecto es el que acaparó principalmente la atención, por ser el de mayor impacto y el que, en rigor, hizo impostergable la modificación del Código Procesal -ante la intimación de la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación-, hay muchos otros que corren el riesgo de confundirse con meros tecnicismos o con cuestiones puramente accesorias y colaterales.

Por eso, es importante destacar algunas de las modificaciones que, mientras la habilitación integral de la oralidad demandará todavía varios meses, entrarán en vigencia en pocas semanas más, sobre la base de una suerte de código temporario, que será el compendio de las nuevas disposiciones en condiciones de ser aplicadas de inmediato, junto con las que seguirán en pie del actual régimen.

Entre ellas, las que permitirán otorgar un tratamiento diferenciado a la avalancha de causas que, de manera ininterrumpida, se descargan sobre el Poder Judicial santafesino y que actualmente, por imperio del llamado “principio de legalidad”, deben incorporarse obligatoriamente al tráfico tribunalicio.

La nueva normativa permitirá regular este flujo de manera más razonable, previniendo los atascamientos que hoy son moneda corriente, y que tienen como resultado moras escandalosas e indignantes prescripciones. La aplicación de criterios de oportunidad permitirá otorgar mayor impulso a causas de mayor trascendencia o incidencia sobre la comunidad, priorizándolas por sobre otras que no resulten tan acuciantes o no tengan tanta relevancia. Pero además, propiciará la solución a través de vías alternativas, promoviendo el acuerdo de partes para arribar a soluciones consensuadas y menos gravosas.

Las novedades no serán menores para los casos que sí vayan a los tribunales. Por un lado, las personas afectadas tendrán una intervención más directa, y contarán para ello con la asistencia de profesionales en dependencias especiales -cuya habilitación también se producirá en breve-, además de programas especiales para la protección de testigos y víctimas. A su vez, la tarea de los jueces se concentrará en sus incumbencias específicas, derivando el manejo administrativo y burocrático que hoy atosiga los despachos en una oficina organizada con criterios de eficiencia empresarial.

Cada uno de estos aspectos -y no sólo el más remanido de la oralidad- requiere un compromiso efectivo y consecuente del poder político, pero también una verdadera apertura y disposición de parte de los operadores del sistema judicial y un profundo cambio cultural en la manera de entender el desarrollo y el aprovechamiento del servicio de Justicia. Un desafío que también comprende a la sociedad, y en el que se juega la oportunidad de lograr que los cambios no sólo sean posibles, sino realmente significativos.

Aunque la oralidad penal será muy paulatina, algunas de las reformas que se producirán en breve tendrán un fuerte impacto y requerirán un compromiso equivalente.